Denuncia en Sanxenxo contra una promotora vinculada al PP
La polémica urbanización prevista en Monte Faro (Sanxenxo) es un suma y sigue de denuncias ante los tribunales. La última, del Colectivo Ecoloxistas do Salnés que ha presentado un contencioso administrativo en el Juzgado nº 3 de Pontevedra solicitando la nulidad del acuerdo plenario por el que el Ayuntamiento aprobó el plan parcial en Monte Faro. El trámite, con fecha 28 de julio de 2009, califica como urbanizables la cima y laderas forestales donde se prevé edificar 1.302 viviendas unifamiliares, en la cota más alta de la fachada oeste de la villa.
Este grupo ecologista ya alegó con anterioridad contra este plan sin que fueran contempladas ninguna de sus sugerencias, así como contra el informe de sostenibilidad ambiental. Datos sobre el consumo de agua, el sistema de depuración o el impacto paisajístico constituyen algunas de sus preocupaciones. Su demanda recuerda que el anterior Gobierno de la Xunta informó negativamente sobre este proyecto, no obstante, con la llegada de Feijóo al Ejecutivo se modificó la orientación del documento.
Una maniobra "sospechosa", argumentan, porque no ha sido justificada. El proyecto está promovido por Mirador de Sanxenxo SL, firma integrada en Sedesa -propiedad de la familia Cotino, hermano y sobrino del vicepresidente de la Generalitat Valenciana Juan Cotino- y que figura en el sumario de la trama Gürtel. El proyecto de Plan de Ordenación del Litoral de Feijóo que fija una amplísima franja de protección en Sanxenxo esquiva la parcela de la controvertida urbanización.
Ni agua, ni saneamiento
Los ecologistas cargan contra la clasificación de la totalidad del SU-14 como suelo urbanizable y recuerda que en las Normas Subsidiarias anteriores al actual PXOM (aprobado por Telmo Martín con Encarnación Rivas, hoy directora xeral de Urbanismo, como su mano derecha), este terreno aparecía "en un 58% como suelo no urbanizable y un 33% como forestal". El cambio de uso, entienden, "no ha sido debidamente justificado".
El recurso insiste en que "se incumple el límite de densidad de vivienda prevista en el PXOM", donde establece no más de 10 unidades por hectárea, lo que supondría "una cuarta parte de lo previsto". Y añade que "no se integra debidamente en el paisaje" así como la inexistencia de servicios básicos en la zona que carece de alcantarillado y abastecimiento de agua.
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