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Paralizada en Ourense la obra ilegal del presidente de los constructores

El Tribunal Superior anula un área del planeamiento urbanístico que aprobó el PP

El presidente de los constructores orensanos, Eligio Nieto, ha sido condenado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia a paralizar la construcción de un polígono de viviendas -que está en la fase inicial de los trabajos de urbanización- en una superficie de 46.495 metros cuadrados de la capital. Las obras se iniciaron al amparo del planeamiento urbanístico aprobado en su día por el PP.

El proyecto preveía la construcción de 400 viviendas en la parcela ilegalizada
La concejala de Urbanismo aplaude la decisión del tribunal gallego

El tribunal superior deja claro que la obra se está realizando en suelo no urbano y no consolidado, fuera de la malla urbana, ya que no cuenta con los servicios necesarios de abastecimiento, evacuación de aguas residuales y suministro de energía, por lo que, consecuentemente, anula el área de reparto aprobada por el Ayuntamiento del Partido Popular en la que está edificando el empresario Nieto. El proyecto de construcción de la obra declarada ilegal preveía una superficie construida de 400 viviendas.

La demanda contra el planeamiento en esta parcela fue interpuesta por los representantes de un concesionario de coches, cuyas instalaciones están en un solar anexo a estos terrenos.

La empresa demandante destacaba deficiencias del plan de ordenación y denunciaba la invasión de 1.057 metros cuadrados de su propiedad para la construcción de una rotonda. La sentencia señala que para la ejecución del planeamiento no constaba conformidad "de otras administraciones distintas del Ayuntamiento".

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Además, alertaba de que era improcedente la calificación de suelo urbano no consolidado de la parcela del presidente de los constructores y que se vulneraban las normas de calidad urbana, "por no cumplir los viales de nueva apertura contemplados en los planos el ancho mínimo" y prever edificaciones un número de plantas "superior a la que corresponde al ancho de los viales".La sentencia pone de manifiesto que tanto el informe de la concesionaria municipal del servicio de agua, Aquagest, como el del técnico municipal revelan que la red de abastecimiento se encuentra en dos lugares próximos al perímetro del área de reparto, pero no en éste, y que el colector general está un poco más alejado. Destaca también que el informe del técnico municipal de Planeamiento y Gestión Urbanística revela la inexistencia en el área de red de suministro eléctrico, aunque en el mismo se advierta que es posible su conexión a través de otras, "sin indicar la ubicación de éstas".

El alto tribunal gallego recoge en la sentencia que la acreditación presentada por la empresa de Nieto de que la obra se realiza en suelo urbano se basa en un acta notarial, "en la que el notario da fe de la autenticidad de unas fotografías". Pero advierte la sentencia que "no se aprecia con nitidez la realidad edificatoria de la zona" y que "tampoco reflejan la totalidad de las edificaciones existentes en toda la superficie del área".

El TSXG señala que, aunque el área de reparto sea colindante con la malla urbana, incumple la ley que restringe la edificabilidad a los terrenos que dispongan de urbanización básica "constituida ya no por unas vías perimetrales que no se cuestionan", sino también por unas "redes de servicios de las que puedan abastecerse los terrenos". No es suficiente, detalla el auto, con que los servicios urbanísticos se encuentren a pie de parcela "y tampoco la mera colindancia con el suelo urbano".

Ejemplarizante

La sentencia se suma a otras que se acumulan en las dependencias municipales anulando áreas de reparto del plan general, que aprobó en 2003 el gobierno municipal del PP. En cualquier caso, el actual grupo de gobierno encabezado por el PSdeG, que se ha opuesto a la redacción de un nuevo planeamiento y ha optado por ir modificando el actual, sostiene que reconducirá sin problemas el urbanismo orensano adaptándolo a la legalidad.

Consultada por este periódico, la concejala responsable de este departamento municipal, la socialista Áurea Soto, sostiene que el auto del alto tribunal gallego, lejos de generar un problema urbanístico, "es ejemplarizante, ya que antepone los intereses de sostenibilidad y del interés público" a los particulares. "Esta ciudad está gobernada tanto en lo complejo como en lo sencillo por primera vez en mucho tiempo", señala la edil.

En su opinión, la sentencia introduce seguridad jurídica en la ciudad "y evidencia un profundo conocimiento de la materia al negar la calificación de urbanos a suelos que están fuera de la malla urbana; es de agradecer el respeto por el desarrollo", destaca Soto. La concejala afirma que su grupo de gobierno reconducirá en lo posible situaciones como la generada con esta edificación, "respetando sentencias como ésta" pese a que, reconoce Soto, "el proceso está ya muy avanzado en el tiempo".

Entre las sentencias que se van emitiendo sobre denuncias del planeamiento urbanístico que dejó aprobado el PP figura una que anuló un área de 75.000 metros cuadrados, en el barrio de A Ponte. En este caso, el fallo judicial afectó a una urbanización de nuevas viviendas, dotaciones públicas, espacios verdes y un vial de acceso a la futura estación del AVE.

En aquella ocasión el TSXG había considerado que se incumplía la Ley del Suelo, al obligar a los dueños de una parcela de casi 5.000 metros cuadrados a cederla gratuitamente al promotor y a costear además las obras de un terreno destinado a equipamientos públicos, cuando la ley establece que es necesario expropiar y realizar un reparto equitativo de cargas y beneficios. Más recientemente, el tribunal anuló otra área del planeamiento, entre las calles Reza y Fleming, ya que se contemplaba la obtención de suelo para una plaza pública sin ir a expropiación. Este fallo tendrá un coste para las arcas municipales de entre 5 y 12 millones de euros.

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