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Respaldo a la sentencia en gallego contra la Cope

ANNA FLOTATS - Santiago - 08/04/2008

 
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"Las actuaciones judiciales realizadas y los documentos presentados en el idioma oficial de una Comunidad Autónoma tendrán, sin necesidad de traducción al castellano, plena validez y eficacia". Es lo que reza el artículo 231 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la razón por la que se ha archivado la causa contra la juez Ana López-Suevos, denunciada por la cadena Cope por dictar una sentencia en gallego.

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La demanda -el despido improcedente a una trabajadora- se había presentado en gallego y así se tramitó. Los abogados de la Cope "no manifestaron su desconocimiento del gallego", no solicitaron traducción y se continuó el procedimiento en gallego "con toda normalidad".

La titular del juzgado de lo social numero 2 de Santiago dictó la sentencia -desfavorable para la Cope- en gallego y fue entonces cuando el abogado de la emisora pidió la nulidad de la actuación -"absolutamente sectaria y partidista de la juez"- porque la sentencia estaba redactada en "una lengua tal vez cooficial o algún dialecto". El Consello Xeral do Poder Xudicial abrió unas diligencias previas contra Ana López-Suevos, pero ahora, ha archivado la causa.


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