El Supremo tumba el recurso de Guerra sobre primas a la energía
El tribunal rechaza que se invadan competencias
Energía limpia y tribunales siguen siendo sinónimos en Galicia. El Tribunal Supremo desestimó, en una sentencia fechada el 20 de diciembre, el recurso presentado por la Xunta contra el recorte de las ayudas a la producción de energía fotovoltaica aprobadas en noviembre de 2010 al concluir que "no invade las competencias de las comunidades autónomas en materia energética". El Supremo considera que "no cabe eludir" que el régimen económico aplicable a las energías renovables "debe ser un tratamiento uniforme en todo el territorio nacional en aras del adecuado funcionamiento del sistema". El Real Decreto que reguló y modificó las primas a la producción de energía de régimen especial, "no interfiere en la competencia de la administración energética de la comunidad autónoma para autorizar la construcción, explotación, transmisión y cierre de estas instalaciones".
El contencioso pretendía anular una rebaja de las ayudas del 45%
La Xunta había presentado el contencioso en enero de 2011 contra la decisión de rebajar las primas a la producción de energía fotovoltaica en hasta un 45%, dependiendo del tamaño de la instalación. La Consellería de Economía, a través de la dirección de Minas, consideró entonces que la norma vulneraba el artículo 28.3 del Estatuto de Autonomía de Galicia (sobre su capacidad de desarrollar leyes en materia minera y energética) y la Constitución Española. Calificaba de su competencia modificaciones relativas a instalaciones de cogeneración, la calificación de "innovadora" de una termoeléctrica o la denominación de "experimental", de un parque eólico.
El alto tribunal se acogió a la doctrina del Tribunal Constitucional, que considera que el Estado está legitimado para aplicar una modificación sustancial de las instalaciones existentes de producción de energía eléctrica en régimen especial, lo que "no merma" las competencias de las comunidades autónomas ni la Ley Reguladora del Sector Eléctrico.
Además, el Supremo rechaza el argumento del departamento que dirige Javier Guerra, que consideraba que el régimen económico para las instalaciones de energía eólica en tierra no dejaba margen a las comunidades para fijar los requisitos que tienen que reunir las instalaciones para poder beneficiarse de una retribución adicional, informa Europa Press.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
El Bernabéu señala a Vinicius, pitado por la grada tras ser sustituido contra el Sevilla
El tren interoceánico con 148 pasajeros choca en México con un tráiler sin dejar heridos
Un récord para Mbappé en la noche del desencanto del Bernabéu con el Real Madrid
La Real Sociedad ya tiene nuevo entrenador: Pellegrino Matarazzo
Lo más visto
- Uno de los promotores de la señal V-16 de tráfico: “Es duro oír el testimonio de víctimas que han sufrido amputaciones al poner los triángulos”
- Cae una organización que enviaba camiones cargados de cocaína desde Marbella hasta varios países europeos
- Más de 40 congresistas demócratas piden por carta a Trump que cese en sus “intentos de socavar la democracia en Brasil”
- La policía registra varios domicilios y las oficinas de la ministra francesa Rachida Dati por otro presunto caso de corrupción
- La Administración de Trump publica solo una parte muy censurada de los papeles de Epstein, aunque la ley le exigía difundirlos “todos”




























































