Tras el abrazo ¿qué?
Si algún día la presidenta de Galicia Bilingüe (GB) y su homólogo de la Mesa pola Normalización Lingüística se funden en emocionado abrazo, ocurrirá a las puertas del juzgado en caso de que ambos ganen sus recursos contra el Decreto de Plurilingüismo. Imagino el memorable evento presidido por la mirada ufana del presidente de la Real Academia Galega y entre los aplausos de los dirigentes de tres sindicatos, entreverados con los líderes de la nueva Mesa para la Libertad Lingüística y los de la vieja Asociación Gallega para la Libertad de Idioma. Pues por extraño que parezca, la batalla legal podría resultar en que todos tengan un motivo común para un festejo si el Tribunal Superior sentencia que el decreto que las siete entidades han recurrido vulnera el derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua materna, al establecer que en educación infantil se use la lengua predominante en el aula.
Galicia Bilingüe y A Mesa piden el derecho a que la primera escolarización sea en lengua materna
Por lo que se puede extraer de sus declaraciones, parece que todos los recurrentes harán hincapié en la vulneración de ese derecho. Es tal la coincidencia en este punto entre gente que discrepa en todo lo demás, que algunos foreros de GB no ocultaron su alborozo ante un artículo publicado en este periódico (La libertad lingüística, 28 de junio de 2010) por un jurista que ni de lejos parece simpatizar con tal asociación: "¡Eso es exactamente lo que defendemos nosotros!", venían a decir. El jurista y profesor hacía en ese artículo, sin pretenderlo, una clara exposición (y defensa) de lo que constituye el punto esencial del ideario de GB, dándole la cobertura filosófica (de Locke a Habermas) de la que carecen otras formulaciones más pedestres.
Descarto que el autor quisiera dar sustento a GB; tal vez solo pretendía darle una lección a la Xunta sobre en qué consistiría "una verdadera libertad lingüística", que vendría a ser "que cada alumno pueda escoger directamente el modelo que prefiera, en una de las dos lenguas oficiales o en las dos", como en el País Vasco. Justo lo que GB reclama. O sea, que esta asociación y otras del mismo corte no están en la indigencia absoluta desde la perspectiva de la Filosofía del Derecho, como bien sabe cualquiera que haya venido siguiendo las polémicas que jalonan la emergencia de la noción de "justicia lingüística". Por ello, cualquier solución que aspire al consenso social tendrá que contemplar su existencia, por más que uno crea que la libertad que reclaman no pertenece a la misma estirpe que aquella cuyo nombre escribía obsesivamente el poeta Paul Eluard en su cuaderno de escolar, en su pupitre, en los árboles, en la arena y en la nieve.
Habrá en las demandas elevados principios y tal vez tintes dramáticos. Pero los magistrados no se van a sentir conmovidos: el Constitucional ya ha sentenciado que el derecho a la enseñanza en una determinada lengua no forma parte de los derechos fundamentales que protege la Carta Magna. El tribunal se ocupará más bien de examinar qué dicen las leyes de andar por casa. Por ejemplo, la de Normalización Lingüística (LNL), que establece que los niños sí tienen derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua y que el Gobierno deberá hacerlo efectivo. El núcleo de la cuestión radica, pues, en determinar si respeta ese derecho una norma que establece que en la educación infantil se usará como lengua vehicular la predominante en el aula, prestando atención individualizada a los que no la conozcan suficientemente.
Habrá también argumentos y peticiones en torno a otros puntos del decreto. Pero lo que mantendrá unidos en la espera a unos recurrentes tan dispares será saber si con una atención individualizada queda (o no) debidamente protegido el derecho a recibir la primera enseñanza en lengua materna. Hasta ahora, esa atención individualizada había sido considerada por los tribunales como garantía suficiente, además de como el corolario lógico de los sistemas de "conjunción lingüística", esto es, de una política educativa que no separe a los niños según su lengua. Pero sentencias recientes del Supremo declaran que el sistema de atención individualizada es "algo bien distinto" del derecho de los niños a recibir la primera educación en su lengua habitual. Las repercusiones de esa declaración en la práctica de los tribunales ordinarios están por verse todavía.
Supongamos que hay abrazo a las puertas del juzgado. Cuando cesen los aplausos y ya no quede ni una gota de albariño ¿qué se va a exigir de la Administración? ¿que se les ponga a los niños con lengua distinta de la predominante un profesor y un aula aparte? ¿que se les junte con otros en la misma situación? Puesto que la LNL prohíbe expresamente lo segundo y autoriza lo primero solo en situaciones excepcionales, habría que cambiar esa ley en uno de los dos sentidos. Una posibilidad sería suprimir el derecho a recibir la primera enseñanza en lengua materna, que no proviene de las tablas del monte Sinaí sino de la legislación autonómica. La otra modificación posible sería remover las disposiciones que impiden agrupar a los niños según su lengua y la voluntad de sus padres.
Pónganse en la piel de los gobernantes -no importa quiénes sean- y elijan la que crean que es menos mala. Y si eligen lo que yo creo que van a elegir, verán entonces que el magnífico triunfo en los juzgados habrá sido en la práctica una victoria pírrica que a quien menos aprovecha es a quienes quieren defender el gallego. Verán que no era tan mala aquella norma, idéntica a la que estuvo vigente en Galicia desde 1995 hasta 2007 sin mayores problemas, ni jurídicos ni sociales.
Mauro Fernández es catedrático de Lingüñistica en la Universidade de A Coruña
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