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Competencia cuestiona la ley de Comercio por las nuevas trabas

El Consejo concluye que la reforma no se adapta a la directiva europea de servicios

El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía ha emitido un dictamen desfavorable sobre la reforma de la Ley de Comercio Interior actualmente en tramitación parlamentaria porque entiende que introduce nuevas trabas al desarrollo de la actividad y "numerosos elementos que condicionan de forma determinante el acceso de los operadores económicos a los mercados correspondientes".

Aunque el consejo valora el avance que supone la eliminación de la licencia autonómica previa para la implantación de grandes superficies, entiende que la introducción de condicionantes sobre los suelos aptos para la ubicación de éstas suponen una restricción injustificada.

El crítico informe llega a concluir que con el texto propuesto por la Consejería de Comercio, Turismo y Deportes "no se logra la pretendida adaptación" de la legislación autonómica a la Directiva Europea de Servicios, que es el motivo por el que se acometió la reforma.

El informe pone en en duda que en realidad se agilicen los trámites

La mencionada directiva, aprobada en 2006 por el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea, tiene como objetivo facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios en los países miembros.

Para dar cumplimiento a las disposiciones de la directiva con los cambios legales necesarios se otorgó a los estados de la Unión Europea un plazo que expira el próximo día 28 de este mes. En Andalucía, donde según el Consejo de la Competencia existe en la actualidad una "hiperregulación" de la actividad comercial, la adaptación "obliga a realizar un cambio radical en los contenidos de la intervención administrativa sobre la materia, en tres grandes aspectos: la eliminación de la planificación de naturaleza económica ligada a la autorización previa de grandes superficies comerciales, la instauración de la ventanilla única y la simplificación administrativa".Con este propósito, el Consejo de Gobierno de la Junta inició en junio la tramitación de la reforma de las leyes de Comercio Interior, Comercio Ambulante y Ferias Comerciales. Según el Consejo de la Competencia, aunque el nuevo texto supone una "amplia modificación" de la ley, "no es indicativo de la correcta trasposición de la Directiva de Servicios, ni de la suficiencia de dicha reforma". "Aun cuando se eliminan trabas para el acceso al mercado de servicios, los nuevos elementos que se introducen añaden otro tipo de determinaciones que suponen nuevos condicionantes cuya justificación no queda acreditada, con lo que también limitan de forma injustificada el acceso o desarrollo de las actividades comerciales, en detrimento, además, de la eficiencia del sector", concluye el dictamen.

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Competencia rechaza que la administración autonómica se reserve la potestad de dictaminar sobre la idoneidad de grandes superficies en función de criterios urbanísticos. En particular, cuestiona la identificación de suelos "aptos" para la implantación de los centros de más de 2.500 metros cuadrados, porque entiende que se trata de un concepto "poco concreto" que puede generar inseguridad jurídica y un "amplio margen de discrecionalidad".

Censura también la preferencia que marca la nueva ley por la ampliación de los espacios comerciales consolidados de las ciudades antes que por los establecimientos aislados. "El mantenimiento de los espacios comerciales existentes y la integración en el tejido comercial urbano no son cuestiones que deba decidir una autoridad administrativa, sino que es el propio mercado el que deberá dar respuesta sobre las mismas", sostiene.

El dictamen también pone en duda la consecución de las pretendidas agilización y simplificación administrativa, pues aunque la reforma legal introduce la ventanilla única para la obtención de la licencia comercial de competencia sólo municipal, los procedimientos seguirán siendo lentos. La nueva ley establece un plazo máximo de resolución de tres meses, pero en él no se computan los tiempos que tarden los informes preceptivos y como el que debe emitir la Junta puede demorarse dos meses, la realidad, según el dictamen, es que el plazo es de cinco meses. También critica el consejo que el silencio administrativo se considere negativo en los casos en los que sea preceptivo el informe autonómico.

El Consejo de la Competencia aprovecha también el dictamen para pronunciarse sobre un aspecto que no se modifica en la reforma legal y que es uno de los más polémicos siempre de la regulación comercial, el régimen de horarios.

La nueva ley mantiene que los comercios de más de 300 metros sólo podrán abrir un máximo de ocho festivos al año, como ocurre ahora. El organismo considera que "la modificación del régimen de horarios es un elemento que contribuye a favorecer la competencia, ya que supone la introducción de un nuevo factor de rivalidad que de forma directa redundaría en un beneficio para el consumidor, no sólo por la ampliación de sus posibilidades de consumo, sino también por el efecto que esta medida puede conllevar en el resto de los factores que utilizan las empresas para competir entre ellas".

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