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Violencia en las aulas

Pegar al profesor: ¿delito o falta?

La violencia escolar es uno de los temas que más preocupan a la comunidad educativa, pero son sus propios protagonistas los que más interés tienen en solucionar el problema. Ayer, cincuenta alumnos de primero de Bachillerato procedentes de 16 institutos de enseñanza secundaria de las ocho provincias andaluzas acordaron varias resoluciones sobre cuestiones relacionadas con la educación. Una de ellas va dirigida a tomar medidas para hacer frente a la violencia en las aulas. Los estudiantes tomaron estas decisiones, que serán enviadas al Parlamento europeo, en un Pleno Joven que tuvo lugar en la Cámara andaluza.

Su preocupación, no obstante, la respaldan también otros sectores sociales, relacionados o no con la comunidad educativa. A tenor de una reunión mantenida la semana pasada entre el sindicato de enseñanza de CC OO y el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Jesús García Calderón, por la que se llegó al compromiso por parte del respondable del Ministerio Público de considerar las agresiones a docentes como un delito y no como una falta, los fiscales jefes de Andalucía tratarán en su junta de diciembre de aunar criterios para estos casos.

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CC OO calcula que los casos de agresión a docentes constituyen el 4% de las incidencias
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Algunas fiscalías provinciales, como las de Córdoba y Granada, ya califican como delito las agresiones y amenazas o intimidaciones graves ejercidas, generalmente por padres de alumnos, contra profesores. El compromiso adquirido por García Calderón con los representantes sindicales pasa por extender a los fiscales de todas las provincias esta esta consideración, que permite juzgar el caso por la vía penal y pedir hasta tres años de prisión para el acusado.

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¿En qué se basan sindicatos y fiscales para poder calificar las agresiones o amenazas graves a docentes como delito? La clave está en el artículo 550 del Código penal, que tipifica los delitos de atentado contra la autoridad: "Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas". Los docentes de colegios e institutos públicos, en cuanto que ostentan la categoría de funcionarios, quedan amparados, según el fiscal, por este artículo, pero, ¿qué ocurre con los profesores de enseñanza concertada o privada? García Calderón reconoce que en esos casos puede resultar problemático aplicar el Código Penal.

"Requiere un análisis técnico jurídico porque hay diversos criterios", explica el fiscal jefe. "Algunos sostienen que los profesores de la concertada están dentro de este artículo. Otros dicen que las autoridades educativas extienden esta calificación de funcionarios a todos los docentes. Otros opinan lo contrario". En cualquier caso, el máximo representante del Ministerio Público en Andalucía advierte de que la consideración de delito sólo debe barajarse tras evaluar "la entidad del caso" y ante situaciones de agresiones e intimidaciones "graves". "Para los demás, lo lógico es considerarlo como falta", añade el fiscal, quien advierte de que "quizá" ha llegado la hora de "hacer un recuento" para estudiar estadísticamente la incidencia de estos casos e incluirlos en la próxima memoria de la Fiscalía andaluza. CC OO calcula que los casos de agresión a docentes constituyen el 4% de las incidencias en los centros educativos.

García Calderón afirma, asimismo, que cuando la Fiscalía decida actuar de oficio en un supuesto caso de agresión o amenazas a un docente, las investigaciones en el centro escolar deberán hacerse de forma "muy discreta". "Se trataría de que la investigación la realizaran policías de paisano y siempre intentando que los alumnos no perciban nada", explica el fiscal jefe, quien apuesta por elaborar "un protocolo" de actuación con las autoridades educativas.

El jurista Agustín Díaz Robledo considera "razonable" que se extienda la consideración de delito para los casos más graves de violencia a los profesores. Pero, al igual que García Calderón, advierte de la dificultad de aplicarlo a los docentes de la enseñanza concertada y, sobre todo, privada. En su opinión, lo más adecuado sería "modificar" el Código Penal para que el artículo 550 incluyera un párrafo en el que se tipificara como delito "las conductas intimidatorias contra los profesores de enseñanza oficial, cualquiera que sea la titularidad del centro". "El delito de atentado contra la autoridad está pensado para garantizar la soberanía del Estado y se aplica, por ejemplo, en agresiones a policías", explica Ruiz Robledo, quien considera que, tal y como está redactado hoy, puede abarcar "sin demasiada dificultad" a los profesores de enseñanza pública. "Pero quizás ya es mucho forzar que incluya a los de la concertada y la privada", advierte el jurista.

Para el secretario general de UGT Enseñanza en Andalucía, Juan Carlos Hidalgo, la solución estaría en incluir un apartado en de la futura Ley de Educación andaluza, en fase de alegaciones: "

Hemos enviado una propuesta a la Junta para que en la ley se contemple la consideración del docente como autoridad pública, tanto en los casos de funcionarios como en los de profesores contratados, pero sólo a efectos de agresiones físicas o psicológicas", afirma el secretario general, quien ha recibido una propuesta para vincular este derecho a los directivos de los centros. "No es mala idea, pero es insuficiente", opina.

Desde CC OO, entienden también que la protección a la docencia no debe distinguir entre público y privado, debido, según aclara José Blanco, secretario general de la Federación de Enseñanza de este sindicato, "a que en ambos casos se presta un servicio público". Blanco aplaude la actitud de compromiso de la Fiscalía y recuerda que existen antecedentes que avalan la inciativa de utilizar el Código Penal para sancionar este tipo de agresiones. "Ya ha ocurrido antes, aunque la pena no llegase a un año de cárcel", asegura. Blanco cree que el decreto sobre convivencia que la Consejería de Educación prevé sacar antes de 2007 contribuirá a mejorar esta situación. "Se intensifica la colaboración con los padres", dice el secretario general, quien sobre las agresiones añade que "hay que intentar aplicar la mayor condena posible".

Por su parte, el viceconsejero de Educación, Sebastián Cano, asegura que el futuro decreto agilizará los métodos de correción ante las malas conductas de los alumnos, no sólo con la creación de aulas de convivencia para que los estudiantes reflexionen sobre sus actuaciones, sino también con la agilización de las penalizaciones, que ya no tendrán que pasar por el Consejo Escolar para ser aplicadas. "Sobre la agresión por parte de los familiares a los docentes, considero positiva la iniciativa judicial. Puede que en algunos casos sea necesario, aunque hay que estudiar cada uno", afirma Cano.

La importancia de este problema se refleja también en las primeras Jornadas Nacionales de Violencia Escolar (Bullying), organizadas por la Universidad de Almería (UAL), que arrancaron ayer con el propósito de "conocer la realidad actual de los centros respecto a la violencia escolar". Hasta el sábado intervendrán médicos de familia, psicólogos, representantes de la Policía y profesores de la UAL, informa María José López Díaz.

Si es delito...

Las intimidaciones graves o agresiones a docentes, considerados funcionarios públicos, pueden ser castigadas con penas de uno a tres años de cárcel, según el artículo 551 del Código Penal.

Si es falta...

La falta por lesión se castiga con entre uno y dos meses de multa, cuya cuantía depende del sueldo del acusado. La agresión sin lesión, con arresto de uno a tres fines de semana o multa de 10 a 30 días. La falta por amenazas, de 10 a 20 días de multa.

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