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El TSJA vuelve a reconocer la objeción a Ciudadanía

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una nueva sentencia en la que reconoce el derecho de unos padres de Málaga a ejercer la objeción de conciencia contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. La Junta de Andalucía ya prepara un recurso de casación.

La sentencia fue dictada ayer mismo y es la segunda que reconoce este derecho, después de que el pasado 4 de marzo, este mismo tribunal diera la razón a unos padres de Bollullos Par del Condado (Huelva), también contrarios a que su hijo recibiera esta asignatura.

El TSJA defiende el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y la libertad ideológica y religiosa, amparadas por los artículos 27.3 y 16.1, respectivamente. En esta ocasión, los hijos de los demandantes aún no han cursado esta materia. No obstante, la sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, considera que la familia está legitimada a oponerse a esta "controvertida asignatura".

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El Tribunal ve "sumamente razonable" permitir a los familiares "anticiparse a las consecuencias" derivadas de la matriculación de sus hijos en la citada materia y pone como ejemplo los casos en los que los jóvenes contrarios al antiguo servicio militar presentaban la objeción antes de ser llamados a filas. "Y si a esto añadimos el caracter transversal de la asignatura en cuestión, hemos de llegar a la conclusión de que la legitimación de los padres es impecable", dicen los jueces.

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