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Los enfermeros tienen que descansar 12 horas tras un día de trabajo

El TSJA sentencia a favor de los sanitarios

Ginés Donaire

La sala de lo Contencioso Administrativo el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido el derecho de los enfermeros a un descanso mínimo de 12 horas tras trabajar 24 horas seguidas, según informó ayer el Colegio Oficial de Enfermería de Jaén, cuyos servicios jurídicos defendieron a un enfermero de Alcalá la Real que emprendió un contencioso contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS).

La sentencia del TSJA ratifica el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Jaén.

El enfermero que generó este conflicto era obligado a ejercer su actividad profesional durante 31 horas seguidas: ocho de su horario habitual, 15 de una guardia y otras ocho de su jornada laboral ordinaria a la mañana siguiente, según informó el Colegio de Enfermería.

El Colegio de Enfermería de Jaén entiende que "este tipo de actuaciones por parte de la Administración vulneran lo dispuesto en el Estatuto Marco del Personal Estatutario". Esta norma establece que los trabajadores tienen derecho a un descanso ininterrumpido de 12 horas entre el fin de una jornada y el comienzo de otra, aunque este régimen general tiene varias excepciones.

El TSJA entiende ahora en la sentencia que la Ley sólo autoriza al SAS a ordenar dos jornadas de trabajo sin solución de continuidad, pero no a suprimir el descanso tras las ocho horas ordinarias seguidas de una guardia. Incluso recoge referencias a trabajos científicos que piden que el profesional sanitario desempeñe su labor en buenas condiciones de descanso pues, de lo contrario, se pueden producir consecuencias negativas tanto para el enfermero como para el propio paciente.

El presidente del Colegio Oficial de Enfermería de Jaén, José Francisco Lendínez, valoró este fallo por cuando recoge una de las viejas reivindicaciones de este colectivo.

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