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El fiscal censura de nuevo a Alaya por el conflicto de las actas de la Junta

El Gobierno estima que la juez delinque si dilata el envío del caso al Supremo

Javier Martín-Arroyo

La Fiscalía Anticorrupción ha censurado a la juez Mercedes Alaya, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE), por haber suspendido el conflicto de jurisdicción planteado por la Junta, tras exigirle la magistrada que entregue las actas de los Consejos de Gobierno de los últimos 10 años, a lo que se negó el Gobierno andaluz por entender que invadía sus competencias. El ministerio público considera que el Tribunal de conflictos de jurisdicción del Supremo es el único órgano competente y no la Audiencia Provincial, instancia que según Alaya debe pronunciarse al respecto.

La juez paralizó la tramitación del conflicto de jurisdicción y no lo envió al Supremo por "coherencia procesal" y para evitar "tramitaciones paralelas y pronunciamientos inútiles o contradictorios", ya que existen recursos por este asunto planteados ante la Audiencia. Ahora Anticorrupción ha recurrido el auto de suspensión del conflicto porque entiende, al igual que la Junta, que la juez debía "oficiar inmediatamente al órgano administrativo [el Supremo], anunciándole así que queda formalmente planteado el conflicto".

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La fiscalía estima que la Audiencia "carece de competencia para pronunciarse" sobre el conflicto y rechaza que los recursos de apelación ante la Audiencia puedan producir tramitaciones paralelas que desemboquen en pronunciamientos contradictorios, tal y como entiende Alaya. Anticorrupción ya compartió la tesis de la Junta en el conflicto de jurisdicción, al estimar que la magistrada se arrogaba facultades que no le corresponden al reclamar las 480 actas "sin ninguna discriminación (...) en su globalidad y no extractadas y referidas a los acuerdos adoptados".

La Junta ha recurrido el auto del pasado 5 de mayo al igual que la fiscalía, pero va un paso más allá al recordarle a la magistrada que puede incurrir en un delito de "usurpación de atribuciones", que establece el Código Penal cuando un juez "legalmente requerido de inhibición, continuare procediendo sin esperar a que se decida el correspondiente conflicto jurisdiccional". La advertencia de la Junta es toda una declaración de intenciones: "El auto paraliza el conflicto y deja su tramitación al pairo de su exclusiva voluntad e infringe lo dispuesto" en la ley.

El Gobierno considera que la juez infringe dos artículos al no enviar el conflicto al Supremo. "La suspensión no es posible", expone en su recurso. El abogado de la Junta subraya que Alaya "acaba claramente con el principio de igualdad de partes en el conflicto [Junta y juez]". Para el Ejecutivo, la ley atribuye "prioridad absoluta" al conflicto de jurisdicción, y la suspensión del asunto debe afectar también a los recursos ordinarios planteados en instancias judiciales.

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El enfrentamiento procesal entre la Junta y la juez ha ido subiendo de temperatura en los últimos meses. Ahora la juez debe responder ambos recursos del Ejecutivo y la fiscalía sobre el conflicto de jurisdicción.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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