04/04/2003
Los legitimados para pedir la revisión de una sentencia, según el anteproyecto de ley, son los propios afectados o los sindicatos o instituciones que demuestren tener algún interés. Así, por ejemplo, la Generalitat de Cataluña podría solicitar la revisión del proceso contra el presidente Lluís Companys, fusilado por el régimen franquista. O el PCE en el caso del histórico dirigente Julián Grimau o la CNT con el que fue ministro anarquista durante la República Joan Peiró.
Pero hay también miles de ciudadanos anónimos que sufrieron un juicio injusto y que todavía viven. En ese caso el afectado debería solicitar la revisión del caso ante el tribunal que le juzgó o por el que haya asumido su competencia. Así, por ejemplo, si un ciudadano fue encarcelado por el temible Tribunal de Orden Público (TOP), debería acudir a la Audiencia Nacional, que sería su equivalente actual. A partir de ahí se iniciaría la tramitación, tras localizar los documentos que motivaron aquel proceso.
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