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El Consistorio dejó de ingresar 500.000 euros al perder un recibo

Las arcas del Ayuntamiento de Barcelona dejaron de ingresar 466.011 euros por liquidaciones de IAE a Caja Madrid porque se perdió el comprobante de la notificación en la que se le requería el pago. Es una deficiencia detectada por la Sindicatura de Cuentas de Barcelona en la revisión de las cuentas del Instituto Municipal de Hacienda de 2006. El informe concluye que la gestión del instituto municipal presenta "deficiencias", aunque algunas de ellas podrían ser imputables a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El informe pone de relieve las deficiencias detectadas.

Una de ellas se refiere al proceso de liquidación de IAE de Caja Madrid por un importe de 466.000 euros que prescribió en 2006. La deuda se refería al ejercicio de 2001 y la sindicatura señala que no se pudo cobrar porque no había sido notifcada correctamente: "No se pudo localizar en el archivo

[del Instituto Municipal de Hacienda] el documento que evidenciara que se había realizado la notificación". Ese hecho puede ser indicio de una "responsabilidad contable", entiende la Sindicatura, que lo comunicará al Tribunal de Cuentas, órgano competente para dilucidarlo. La edil de Hacienda del Consistorio barcelonés, Montserrat Ballarín, reconoció que no se pudo localizar el comprobante de la notificación, irregularidad que achacó a un extravío de la empresa que realiza todas las comunicaciones, que en 2006 fueron cerca de 4,7 millones.

Otra deficiencia detectada es la correspondiente a la tributación del IAE del hotel Juan Carlos I. En ese caso, el fallo fue aplicar la escala del impuesto de actividades económicas de un hotel de cinco estrellas, cuando la categoría real era la de gran lujo. El problema se produjo porque estaba mal registrada la categoría, algo que se regularizó, afirma la edil.

Otra deficiencia que apunta es la cancelación de una deuda, también por prescripción, de 178.000 euros del IAE de la sociedad municipal PATSA. El Consistorio alega que el Ayuntamiento tiene la condición de accionista mayoritario y que se trata de una "confusión de derechos".

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