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Fiesta lejos de los núcleos urbanos

Muchos municipios han alentado el ocio nocturno en las zonas industriales

La sentencia que declara la nulidad de pleno derecho del decreto municipal de Cornellà y de las tres licencias de apertura concedidas en su día a otras tantas discotecas no es ninguna decisión judicial novedosa. El juez se refiere a tres precedentes de finales de la década de 1990 en los que el Ayuntamiento de Barcelona denegó licencias de apertura o funcionamiento a los promotores que se quieren instalar en suelo industrial. En todos los casos, esas negativas fueron avaladas más tarde por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en sentencias dictadas los años 2001, 2002 y 2003.

En todos los casos, el concejal del distrito de Sant Martí primero y más tarde el distrito argumentaron que denegaban las licencias porque los locales estaba en suelo industrial y con el mismo argumento que ahora esgrime el juez: que el uso recreativo sólo está permitido al personal de empresas de la zona y no para abrir la discoteca a toda la población, como ocurrió en el caso de Cornellà.

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Un juez declara ilegales las discotecas del polígono Famades, en Cornellà

El TSJC recuerda que hasta 1995 el Ayuntamiento de Barcelona toleró discotecas en suelo industrial e incluso concedió licencias de apertura, pero también precisa que la igualdad "sólo es predicable dentro de la legalidad", por lo que no se puede pretender que por ese motivo se concedan ahora licencias, "sin perjuicio de las actuaciones que puedan seguirse contra la Administración por su irregular actuación".

Lo que nadie discute es que lo ocurrido en Cornellà sucede en numerosas poblaciones del área metropolitana de Barcelona, que han sacado del casco urbano las discotecas y las han concentrado en zonas industriales. Parece fuera de toda duda que si los afectados por las salas de fiesta recurren tienen todos los números para que la justicia les dé la razón, aunque en derecho dos y dos pueden ser cuatro o 22 y no hay ningún caso idéntico. Aparte de que la Administración agotará todos los recursos y tal como funciona de lentamente esa jurisdicción, hasta que haya sentencia firme pueden pasar varios años. Todo eso sin contar lo que cuesta, además, ejecutar una sentencia firme de este tipo.

El magistrado Héctor García Morago reconoce que es consciente de que "no cabe excluir la eventualidad de que el interés general acaso pudiera recomendar el desplazamiento de discotecas y salas de fiesta a lugares alejados de los núcleos de población", pero matiza que eso no puede ocurrir "sin adaptar previa y convenientemente el planeamiento urbanístico".

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