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El Supremo ratifica que no se puede construir en la playa del Castell

El Tribunal Supremo ha declarado paraje protegido a la playa del Castell, en Palamós (Baix Empordà), una de las últimas zonas vírgenes de la Costa Brava y que una empresa inmobiliaria pretendía urbanizar. El alto tribunal ha fallado en favor de la entidad ecologista Depana, que inició la lucha en defensa de este paraje, y en contra de la Inmobiliaria Cano, que recurrió ante el Supremo contra la sentencia anterior, favorable a los conservacionistas.

El Supremo ha considerado que la sentencia dictada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en contra de la Inmobiliaria Cano, SA, 'es modélica en su fundamentación' y que contiene una 'extensa, clara y bien razonada fundamentación de su fallo, que anula los acuerdos impugnados por conculcar valores paisajísticos excepcionales y de protección del medio ambiente', según sostiene la sentencia.

El TSJC ya declaró en resoluciones de 1995 y 1997 la necesidad de proteger el paraje del Castell de Palamós, a instancias del proceso iniciado por Depana a principios de la década de 1990. La organización ecologista, en un comunicado hecho público ayer, destaca que la decisión del Supremo 'cierra de forma definitiva cualquier duda sobre la protección del Castell'.

A juicio de los representantes de Depana, la sentencia es muy importante porque 'sienta un precedente al establecer la obligación de los poderes públicos de preservación íntegra del litoral conservado que aún nos queda'.

La batalla por el paraje del Castell se remonta a 1993, cuando la Inmobiliaria Cano presentó un plan parcial de urbanización del Castell. El proyecto fue avalado por la Comisión de Urbanismo de Girona, después de que el Ayuntamiento de la época modificase un plan urbanístico de 1959 y declarase urbanizable la zona.

El colectivo ciudadano de la localidad creó la plataforma Salvem Castell para salvaguardar la virginidad de esta zona de la Costa Brava y se movilizó contra el proyecto urbanístico. La presión que ejercieron los habitantes de la población originó que Josep Ferrer, alcalde convergente de la localidad, convocara un referéndum en 1994. De cada 10 habitantes, 7 se mostraron contrarios a la urbanización de la zona, y un año después el TSJC estimó un recurso presentado por Depana contra el acuerdo de la Comisión de Urbanismo de 1992.

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En consecuencia, se declaró a la playa del Castell como suelo no urbanizable. Tras el referéndum, el Ayuntamiento de Palamós rectificó y recuperó el plan aprobado en 1959.

Suficientes garantías

El año pasado, los técnicos municipales del Castell, así como el propio TSJC, recordaron que la sentencia de 1995 que declaraba la zona no urbanizable no era suficiente para preservar el Castell. Además, expresaron la necesidad de adoptar medidas para evitar que se acordaran otros usos compatibles en la sentencia. Estas posibilidades fueron advertidas en el recurso que motivó la sentencia anterior del TSJC.

La actual decisión del Tribunal Supremo favorece definitivamente la política conservacionista y preserva la última playa virgen de la Costa Brava.

Sin embargo, Depana ha recordado que aún existen otros parajes del litoral catalán que corren peligro, como la zona de Colls-Miralpeix, en Sitges; Les Madrigueres, en El Vendrell, y Port Olivet o Calafató, en L'Ametlla de Mar (Baix Ebre).

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