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17 años de cárcel para los jóvenes que quemaron a una indigente

El tribunal afirma que el crimen tuvo "tintes de recreo"

La Audiencia de Barcelona condenó ayer a sendas penas de 17 años de prisión a dos jóvenes por el asesinato de una indigente, que ardió viva cuando dormía en un cajero automático de la ciudad. El tribunal considera que los acusados actuaron con alevosía y coordinados con un menor de edad -que cumple ocho años de internamiento- y aprovechando la situación de desvalimiento de la víctima.

Los hechos ocurrieron la madrugada del 16 de diciembre de 2005, cuando Oriol Plana y Ricard Pinilla, que entonces tenían 18 años, entraron sobre la 1.40 horas en un cajero situado en la calle de Guillem Tell de Barcelona "increpando y mofándose" de la indigente. Le lanzaron diversos objetos, entre ellos dos conos para señalizar el tráfico, una botella con líquido y una naranja.

El cajero alcanzó los 400 grados por la deflagración del disolvente

Tres horas después regresaron con un amigo, Juan José M., el menor, y cogieron una garrafa con cinco litros de disolvente de una obra cercana. "Como antes nos has pegado, ahora te toca a ti", dijo Plana al menor, quien engañó a la vícima para que le abriera la puerta.

En 26 segundos, según recoge la grabación de la cámara de seguridad de la entidad bancaria, los jóvenes vertieron el líquido inflamable y arrojaron dos cigarrillos desde el exterior, y cuando los acusados ya estaban a salvo y se produjo la deflagración. En el interior se alcanzó una temperatura de 400 grados y el fuego provocó quemaduras en todo el cuerpo de la indigente, María Rosario Endrinal, de 50 años, que falleció horas después.

El tribunal considera que los hechos demuestran un uso de la violencia "no ya meramente gratuito, sino de tintes de recreo, sin límites". También señala que los jóvenes eran conscientes de que podían causar la muerte de la mujer y que actuaron por turnos, "a modo de violencia jocosa, en proceso de degradación ajena del más débil". La sentencia asevera que los jóvenes "conocían las características y el riesgo del líquido inflamable y por ello lo tomaron e incendiaron", al tiempo que constata que la mujer "no podía esperar tal ataque, pues estaba adormilada y no llegó ni a moverse".

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Las defensas plantearon en el juicio que cada acusado actuó por su cuenta y que Oriol Plana no participó activamente. El tribunal rechaza de plano esa hipótesis y recuerda que el menor declaró en el juicio que el ataque se produjo con previo conocimiento y consentimiento de todos y que Plana participó en los hechos quedando "a modo de guardia delante del cajero".

El cadáver de la indigente permaneció siete meses a la espera de que sus familiares fuesen a recogerlo, pero la sentencia asegura que la hija y la madre, que ejercieron la acusación particular en el proceso, no la habían abandonado, sino que fue la víctima la que se "desocializó". La mujer llevaba tres años viviendo en la calle y ahora la justicia reconoce a la familia el derecho a cobrar 46.000 euros. Madre e hija de la víctima deberían haber declarado en el juicio, pero el abogado defensor renunció a última hora. Al día siguiente, la hija acudió a una cadena de televisión para llorar la muerte de su madre.

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