Viernes, 10/7/2009

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Pleito por 17.000 kilogramos de oro y plata

Los 130 dueños del tesoro de Odyssey

El Archivo de Indias demuestra que el oro y la plata de 'La Mercedes' era la fortuna personal de mercaderes españoles - Sus descendientes podrían reclamar la carga

ÁLVARO DE CÓZAR - Madrid - 07/09/2008

 
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Miles de descendientes de los propietarios de la carga de oro y plata que se hundió con la fragata La Mercedes podrían reclamar sus derechos sobre este tesoro, hallado por la empresa estadounidense Odyssey Marine Exploration en mayo de 2007.

Parte del dinero que se perdió en el naufragio pertenecía a la Corona

Si el juez da la razón a España, los herederos podrían ir a los tribunales

Perú, país del que se extrajo el metal de las monedas, demanda su parte

Documentos depositados en el Archivo de Indias (Sevilla), a los que ha tenido acceso EL PAÍS, prueban que gran parte de la carga (697.621 pesos) del barco pertenecía a unos 130 mercaderes españoles. El resto (253.606 pesos) era dinero de la Corona.

La lista de los 130 propietarios da un vuelco al caso que mantiene enfrentados a Odyssey y al Gobierno español desde hace más de un año porque multiplica el número de posibles reclamantes. Los descendientes directos de aquellos mercaderes se podrían unir así como reclamantes al Estado español, que asegura haber sufrido un expolio de una fragata de guerra española, a Odyssey, que encontró el tesoro; y a Perú, que alega que el oro y la plata salieron de sus minas. El juez Mark Pizzo, que lleva el caso en Tampa (Florida), tendrá que decidir en los próximos meses qué derechos prevalecen.

La fascinante historia de La Mercedes se encuentra en varias fuentes bibliográficas. El capitán de navío de la Armada Española, Cesáreo Fernández Duro (1830-1908), narró el suceso a partir de los diarios de a bordo. El barco sale de El Ferrol en 1802 hacia las Indias con la orden dispuesta por el ministro de Marina, Domingo de Grandallana, de traer los caudales de la Real Hacienda que hubiese en América. El barco está en Lima en marzo de 1804. Los legajos Lima 648, Lima 1440 y Lima 1535, todos ellos en el Archivo de Indias, dan cuenta exacta de la carga que fue registrada en el buque destinada a "Su Majestad el Rey", por entonces Carlos IV. Exactamente 253.606 pesos en distintas monedas de plata y oro y para distintos fines; "mesadas eclesiásticas", "préstamo patriótico", "por donativo para la pasada guerra" y "a disposición del Exmo. Ministro de Hacienda".

La otra parte que se transporta en el barco pertenece a "los particulares", según aparece en los registros de aduana. Son 187 páginas del legajo Lima 648, donde se documenta cómo durante marzo de 1804 los mercaderes depositan su fortuna personal y otros enseres. Todos los documentos, escritos en letra de imprenta, empiezan igual y van firmados por el maestre del barco, Vicente Antonio Amurrieta: "Sírvase V. mandar se forme partida de Registro a D. Juan González para cargar en la fragata de S.M. nombrada Mercedes, de la que soy Maestre, y se halla próxima a regresar al Puerto de Cádiz, con registro de Oro, Plata y Frutos de las especies siguientes". Idéntico registro, con otros nombres, aparece en cada una de las 187 páginas. Algunos de los mercaderes depositan oro y plata en más de una ocasión. Unos meten cantidades de 200 pesos, otros de 7.000. Los caudales pasan a estar en algunos casos bajo la custodia de algunos miembros de la tripulación. Los documentos también incluyen los nombres de los destinatarios que tendrían que recibir el dinero en Cádiz. Así se va configurando la lista hasta alcanzar la cifra de 130 mercaderes y 697.014 pesos, además de otros artículos ("Cueros de leones y lobos marinos, pieles de guanaco, perfumes, docenas de chinchilla..."). La lista elaborada por EL PAÍS a partir de esos documentos ha de considerarse incompleta, pues en ellas no aparecen, por ejemplo, las cantidades que llevaban algunos militares y otros miembros de la tripulación.

La Mercedes parte meses después con algunos de esos mercaderes a bordo. Le acompañan otras fragatas de guerra (La Clara, La Medea y La Fama) y un grupo de cuatro fragatas de comercio (El Castor, La Joaquina, El Astigarraga, La Dos Amigas). Comanda la flota don José de Bustamante y Guerra, un marino con mucha mar. El 5 de octubre de 1804, a las ocho de la mañana y cuando la escuadra está muy cerca de Cádiz, frente al cabo de Santa María, La Clara hace señal de cuatro velas indicando al resto de la flota la aparición de fragatas inglesas en el mismo rumbo.

España está en paz con Inglaterra pero, aun así, la flota del comodoro Graham Moore ataca a los españoles. La Mercedes saltó en pedazos a los pocos minutos de combate y el mar se tragó el oro, la plata y las 249 personas que viajaban en el buque. España declaró la guerra al Reino Unido el 14 de diciembre de 1804 con motivo de este suceso, que se considera la antesala de la batalla de Trafalgar que tuvo lugar el año siguiente.

Dos siglos después, una empresa estadounidense llamada Odyssey Marine Exploration, especializada en la búsqueda de pecios submarinos, anuncia el hallazgo de un tesoro de 500.000 monedas de oro y plata, con un peso de 17 toneladas. Desde el primer momento, España sospechó que se trataba de La Mercedes y Odyssey confirmó recientemente que ésta es la hipótesis más probable, aunque asegura que aún no hay pruebas suficientes para determinar la identidad del barco. Si los descendientes de aquellos mercaderes pueden reclamar o no es algo que tendrán que decidir el juez. Odyssey y España defienden dos posturas opuestas. La empresa considera que los descendientes tienen derecho a reclamar, aunque se reserva una recompensa de entre el 80% y el 90% del valor actual de la carga por haber rescatado el tesoro. España sostiene que La Mercedes era un buque de guerra, patrimonio exclusivo del Estado y, por tanto, expoliado por Odyssey.

Si el juez determina que España tiene razón, que el tesoro pertenece a La Mercedes, y que el Estado es soberano, entonces los descendientes tendrían que reclamar ante los tribunales españoles y sus demandas tendrían que sustentarse en leyes que jamás plantearon la posibilidad de que los herederos hiciesen valer sus derechos sobre algo perdido 200 años antes en el fondo del mar. El abogado que defiende los intereses de España en Estados Unidos declaró el pasado mayo que ese hundimiento "fue un acontecimiento en la historia mundial y en la de España equivalente a lo que sucedió en la batalla de Pearl Harbor", que precipitó la participación activa de Estados Unidos en la II Guerra Mundial.

Todos los ojos se vuelven ahora hacia el juez Pizzo, que tendrá que pronunciarse a finales de este año sobre quién es el dueño de las 500.000 monedas de plata y oro. Si puede, ya que en sus manos tiene un proceso enrevesado, plagado de lagunas legales, que podría prolongarse durante años.

Lista de los propietarios

En marzo de 1804 unos 130 mercaderes españoles cargaron las fortunas que habían hecho en las Indias en la fragata La Mercedes. El barco salió de Lima meses más tarde con destino a Cádiz y se hundió frente a las costas del Algarve tras un combate naval con los ingleses. Documentos del Archivo de Indias, en Sevilla, prueban que parte de la carga era de la Corona, 253.606 pesos en monedas de plata y oro. El resto, 697.621 pesos, pertenecía a los mercaderes. Sus descendientes podrían reclamar hoy esos caudales. En los registros aparecen los nombres y las cantidades cargadas. Ésta es la lista provisional de propietarios: Jacinto de Aguerro. Ángel Tomás de Alfonso. Luis Albo. Sebastián Aliaga. Manuel AltimaAntonio Álvarez de Villar. Diego de AlvearSilvestre de Amenábar. Martín de Aramburu. Domingo de Aresmendi. Dámaso de Arias. Manuel Arredondo. Manuel de Arrieta. José Antonio Balanda. Juan Baptista de Gárate. Antonio Baras. Juan Bautista de Biana. Nicolás Bezanilla. Joaquín Blanco. Felipe Bosch. Agustina Bustillo Concha. Ramón Caballero. José Calvo Izquierdo. Joaquín Camilo. Faustino del Campo. Santiago Campos. Domingo de Cardas. Salvador María de Cárdenas. Juan Miguel de Castaneda.Luis de Castillo y Bustamante. José Leandro Cendefa. Antonio Chacón. Lorenzo José Chávez. Benito Christi. Juan Antonio Comparet. Francisco Concha. Agustín de Caldas. Bernardino de Eguía. Antonio de Elizalde. José de Erausquin. José Antonio Errea. Juan Bautista de Errea. Pedro Espinosa. Juan Francisco Ezpelosín. Pedro Fernández de Navarrete. Francisco Fernández. Gabino Gainza. Miguel de Gárate. Gabriel García de la Plaza. Miguel de García Rasillo. José de Goicoa. Juan González. Manuel González. Francisco Antonio Goytisolo. Juan García de Ponte. Sebastián Grana. Martín Guirasola. José Gutiérrez Vegarbarín. Manuel de Henos. Juan Hernández. Diego Antonio de la Casa. Francisco de la Fuente y Loayza. Melchor de la Fuente. Domingo Antonio de la Yntiesta. Juan Miguel Lazcuna. Antonio Lama. Domingo Landazuri. Matías Larreta. José Lasarte. Simón de Lavalle. Juana de Lions. Carlos Lisón. Manuel Luciano López. Lorenzo de Machiranda. Juan Antonio Macho. Joaquín Mansilla. Manuel María del Valle. Antonio Matías de Elizalde. Vicente Antonio Murrieta. Juan Antonio Mayo. Rafael Francisco Menéndez. Francisco Miango Lasina. José Francisco Miranda. Pedro Moreno Altuzarra. Francisco Moreno y Herrera. José Pablo Morera. Antonio de Olano. Tomás Ortiz de Zevallos. José de Ostolaza. Fernando de Oyos. Tomás Parrizo y Toronda. Antonio Pérez de Cortiguera. Agustín Querefazu. Domingo Ramírez. Simón Ravago. Andrés Rebonedo. Gaspar Rico. Lorenzo Robledo. Matías Rodríguez. José Román de Ydiaquez. Manuel de Rozas y Zorrilla. Hipólito Ruiz. Francisco Sagasi. Andrés de Salazar. María Josefa de San Javier. Francisco Sánchez Lamizo. José Sancho Dávila. Ignacio Santiago y Rotalde. Antonio Sanz de Tejeda. Señores Sanz Ysasi y Escribano. José Antonio de Sarriá. Pablo de Saursiaga. Francisco Javier de Trau. Tomás de Ugarte. Domingo de Urquijo. Francisco Vázquez de Ucieda. Francisco Vázquez de Vereda. Ángel Vidal. Pedro Villa Campa. Francisco Javier de Ynda. Francisco Javier de Yrue. José Hermenegildo Ysasi. Domingo de Zepeda. Francisco María Zuloaga. José de Zaldivar. Sr. Conde de Premio-Real. Marqués de Zelada de la Fuente. Marquesa de Medina.


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Comentarios - 47

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  • 47

    pep - 07-09-2008 - 15:51:14h

    la odyssey se quedara con casi todo, ya lo vereis, no somos suficientemente fuertes, lastima , la que fue 1a potencia mundial se ve en la texitura de pelear por migajas sumergidasm, a esto hay que sumarle que de el cargamento privado , el 90% ira a odyssey.

  • 46

    Walt Disney - 07-09-2008 - 15:51:00h

    36 VIRIATO.- Es mas fácil que le llegue ese dinero al pueblo peruano quedándose en España que dándoselo al gobierno de Perú.

  • 45

    Sergio Pineda - 07-09-2008 - 15:49:39h

    Algunas personas dicen que no es posible devolver ese oro al Peru pues ese pais no existia en el momento del naufragio. Sin embargo, si se siguiera ese criterio, ninguna joya arqueologica robada seria devuelta a su pais de origen, pues esos paises aun no existian al momento de ser creadas y por lo tanto no podrian reclamarlas como suyas. Afortunadamente, los tribunales internacionales no lo consideran asi, y de esa forma Italia y Grecia principalmente, pero tambien España, han podido recuperar parte de su riqueza ancestral saqueada, por lo que creo que el Gobierno del Peru tiene absoluto derecho a reclamar y a llevarse ese tesoro para el combate a la pobreza en ese pais. Tambien algunas personas dicen que ese oro fue producto de la explotacion de los Incas de los pueblos que ellos conquistaron a su vez. Eso es falso. Para el siglo XIX en que se produjo el naufragio, practicamente la totalidad del oro y plata inca ya habian sido robados y trasladados a Europa. En ese momento, ese metal ya no se obtenia del saqueo de los templos y palacios Incas, sino de la explotacion minera aprovechando la mano de obra esclava de los antiguos peruanos. Es por eso que es imposible que el oro y la plata del Odyssey sean Incas, son peruanos al 100%. Algunos sugieren tambien que bajo el reclamo del Peru, España tambien podria reclamar el oro saquado por los romanos. Para eso se necesitarian algunas condiciones que si se tienen el caso del Peru y no en el de España y los romanos: primero, la comprobacion inequivoca de que la riqueza provenga del lugar alegado; segundo, la existencia fisica de la riqueza misma y tercero, que haya inicio del proceso, que implica que algun tribunal se considere competente para el caso si es que existe la reclamacion.

  • 44

    Cacique - 07-09-2008 - 15:46:09h

    El tesoro fue sacado de America y punto. No hay mas que decir ... Malditos saqueadores. Siguen siendo igual de aprovechados... Ridiculas escusas dis que corrupción.... si somos corruptos lo aprendimos de España... Asi siempre se han comportado. Para verguenza de España somos su reflejo si antes de entrar a la UE esto era el sanitario de Europa

  • 43

    Sergio Pineda - 07-09-2008 - 15:44:29h

    La riqueza del Odyssey debe ser devuelta al Peru, pues para el siglo XIX el oro y la plata ya no se obtenian del saqueo de los templos y palacios Incas, sino de la explotacion de las minas aprovechando la mano de obra esclava de los antiguos peruanos. Ese tesoro debe ser considerado peruano y no Inca, como dicen algunos

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