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Los responsables de la película "Rocío", procesados por supuesto delito de injurias graves a una persona muerta

Desestimada la imputación de escarnio a la religión católica

El juez instructor número dos de Sevilla ha decretado auto de procesamiento contra los máximos responsables de la película Rocío, cuyo secuestro en todo el territorio nacional había ordenado él mismo, el pasado 8 de abril, por el presunto delito de injurias graves a una persona ya fallecida, José María Reales, cuyos hijos presentaron una querella contra el citado filme. Rocío fue premiada por la crítica especializada en el I Festival Internacional de Cine de Sevilla.

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Premio y proceso

Lo más relevante del auto de procesamiento es que se desestima por completo la imputación de escarnio a la religión católica ("los temas religiosos están tratados con respeto", se afirma textualmente), otro de los motivos alegados por los querellantes, y, al propio tiempo, el secuestro preventivo dictado el 8 de abril se limita especialmente a las provincias de Sevilla, Cádiz y Huelva, por lo que la cinta podrá exhibirse libremente en el resto del territorio nacional.Los procesados son, concretamente, el director de la cinta, Fernando Ruiz Vergara; la guionista, Ana Vila, y el vecino de Almonte (Huelva) Pedro Gómez Clavijo, un sexagenario que aparece en la película relatando diversos hechos sangrientos ocurridos en su pueblo tras el triunfo de las fuerzas nacionalistas en la guerra civil de 1936. Se exime de toda responsabilidad, por el contrario, al productor y distribuidor, Vicente Pineda. Los tres procesados quedan en libertad provisional, debiendo comparecer en el juzgado los días 1 y 15 de cada mes y hacer frente a una fianza de cinco millones de pesetas.

El auto judicial fue leído a los querellados durante la mañana de ayer, después de que en los últimos días el juez procediese a tomarles declaración y se asistiese por las partes a una proyección íntegra y pormenorizada en algunos pasajes de Rocío, proyección que duró seis horas.

Posteriormente, Pedro Gómez, vecino de Almonte, recuerda los sucesos acaecidos en esta localidad -en cuyo término municipal se encuentra la basílica de la virgen del Rocio y cuyos habitantes son los únicos que pueden llevar el paso de la virgen en la famosa procesión de la madrugada- a partir de julio de 1936, subrayando que los monárquicos, falangistas y, requetés de Almonte se dedicaban por las noches a sacar de la cárcel a los detenidos por sus simpatías republicanas y a matarlo s en una carretera sin juicio previo.

La película -primera que se secuestra en España por un juzgado desde la entrada en vigor de la Constitución- ofrece hasta diecisiete fotografías de otros tantos almonteños ejecutados en aquellas fechas. Finalmente, Pedro Gómez declara que «el jefe de esta banda de asesinos» mataba a palos a los detenidos, y cuando el testigo va a pronunciar el nombre del citado jefe, el sonido desaparece y se reproduce la fotografía anterior de José María Redales con un rectángulo negro cubriéndole los ojos.

Según el juez, estos hechos pueden ser constitutivos de un delito de injurias graves y contienen indicios racionales de criminalidad, declarando competentes a los herederos de Reales para presentar la querella, puesto que Rocío «los trata como hijos del jefe de una banda de asesinos». Más adelante subraya que «la vivencia de la última guerra civil española es tan fuerte que impide considerar los hechos ocurridos en la misma como pertenecientes a la historia». Los procesados, por su parte, piensan recurrir contra el auto judicial alegando la inexistencia de animus injuriandis en su actuación.

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