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La juez rechaza suspender el ingreso a la cárcel de Farruquito por conducta "insolidaria"

La juez ha rechazado sustituir los tres años de cárcel por multa o trabajos comunitarios, al considerar que el procesado cometió un delito "grave"

Farruquito, durante una de las sesiones del juicio.
Farruquito, durante una de las sesiones del juicio.GARCÍA CORDERO

La juez de Sevilla que enjuició el atropello mortal cometido por el bailador Farruquito ha rechazado sustituir el ingreso en prisión por una multa o trabajos comunitarios, al considerar que el procesado cometió un delito "grave" y "quebró las normas elementales de solidaridad humana" al darse a la fuga.

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La juez de lo penal 8, en un auto al que ha tenido acceso EFE, rechaza la petición del abogado de Farruquito y dice que la sustitución de la cárcel por multa o trabajos comunitarios es un recurso "excepcional", que no considera aplicable en este caso. El auto recoge que Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, cometió unos hechos "graves" que revelan su desprecio por las normas, lo que se materializa en la conducción de un vehículo potente, careciendo del permiso de conducir y del seguro, a velocidad excesiva y rebasando semáforos en rojo", con el consiguiente "desprecio a la vida e integridad de los viandantes".

Además, el atropello cometido el 30 de septiembre de 2003 en una calle de Sevilla, el bailador "quebró las elementales normas de solidaridad humana cuando se dio a la fuga y por último involucró a su hermano menor para eludir la responsabilidad de su proceder", añade el auto en referencia a los seis meses durante los cuales el artista mantuvo ante la Policía que su hermano de 16 años había sido el autor del atropello.

"Quebraría el respeto a las normas"

La juez cree que concederle la suspensión del ingreso en la cárcel "quebraría el respeto de las normas y se quebraría además la importante función de prevención general que cumplen las penas". Fuentes judiciales apuntan que el ingreso en prisión de Farruquito no será inminente, pues su letrado puede recurrir ante la Audiencia este último auto judicial. El juzgado penal, en otro auto notificado hoy a las partes, pide al fiscal y a la acusación particular que se pronuncien sobre la suspensión del ingreso en prisión del otro condenado, el empresario marbellí O.A.B.P., dado que su abogado ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la parte de la sentencia que le afecta.

El abogado del empresario entiende que su cliente sufrió indefensión y se vulneró su derecho a la presunción de inocencia al ser condenado a un año de cárcel como encubridor del atropello cometido por Farruquito, pues la sentencia se basó solo en "sospechas" e "indicios" sobre su "considerable amistad" con el bailaor. La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla condenó el pasado 5 de septiembre a Farruquito a dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad en el tráfico, y a un año más por omisión del deber de socorro.

El bailaor tendrá que pagar además dos multas de 36.500 euros, una por la omisión del deber de socorro y otra como autor de un delito de simulación de delito.

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