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Reportaje:

Españoles por vía de urgencia

Algunos futbolistas han logrado nacionalizarse en un tiempo récord apelando a 'motivos laborales'

En 1999 fueron 16.000 los extranjeros que solicitaron la nacionalidad española; en 2000, más de 18.000. Y la cifra va en aumento, según fuentes del Ministerio de Justicia, provocando un atasco en el registro. Una norma interna de la Dirección General de Registros y Notarías para aligerar esa cola y que permite acelerar los trámites siempre que el solicitante cumpla los requisitos y concurra una necesidad perentoria está siendo aprovechada de manera intensiva por los clubes de fútbol, que logran nacionalizar a sus jugadores en plazos que oscilan entre los dos y los ocho meses cuando para un ciudadano anónimo duran, de media, entre un año y año y medio. En tiempos de la dictadura franquista, Kubala, Di Stéfano, Brabender o Luyk se hicieron españoles por una decisión gubernamental. Ahora lo lograrían a toda velocidad por la influencia de sus clubes.

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Así, Iván Zamorano, el chileno que jugó y marcó goles para el Sevilla y el Madrid durante varios años como extranjero, apeló a 'necesidades laborales', como un trabajador más, para que los trámites de su nacionalización se redujeran a siete meses, del 1 de marzo al 30 de septiembre de 1996. La españolidad era fundamental para él, que había fichado por el Inter, donde le esperaban 1.000 millones de pesetas en cuatro años siempre que fuera comunitario, es decir sin ocupar plaza de extranjero.

La revalorización económica

'Un futbolista, en términos brutos, duplica su valor de un día para otro sólo por conseguir una nacionalidad que le permita jugar como comunitario', explica un conocido agente. Esta revalorización económica, que beneficia al club poseedor de sus derechos, al futbolista y, en último término, al propio agente, está en la base de las decenas de casos de pasaportes falsos que se están descubriendo en Italia, Francia o el Reino Unido.

En España se prefiere mover las influencias. Fernando Redondo, jugador del Madrid desde 1994, también consiguió la nacionalidad española, como Zamorano, el 30 de noviembre de 1996, tras sólo cuatro meses de trámite. En su expediente en el Registro figura una resolución motivada que apela al interés laboral de una nacionalización rápida. Redondo era, por entonces, figura destacada en el Madrid y no veía peligrar su puesto de trabajo por ocupar una plaza de extranjero. El gran beneficiado fue su club, el Madrid, que pudo liberar una de ellas. Posteriormente, Redondo se benefició de su condición de ciudadano comunitario para en 2000 firmar un buen contrato por el Milan.

En el mundo del fútbol pocos se escandalizan de una situación que hace del futbolista, un trabajador privilegiado ya por su nivel de ingresos, un ciudadano privilegiado a la hora de solicitar ciertos derechos. Mientras cualquier trabajador extranjero anónimo debe pasar por diferentes filtros, aparte de cumplir todos los requisitos de residencia y demás, incluido uno del Ministerio del Interior, que debe determinar la buena integración social del solicitante, al futbolista todo se le da por supuesto.

'Eso no es extraño', explica un directivo de un equipo de Primera División conocedor de los hábitos de los clubes. 'No hay presidente que no se lleve bien con el alcalde de su ciudad, con un diputado, con un delegado del Gobierno o incluso con un ministro. Y, una vez hecha la petición, funciona el miedo escénico: si no se mueve bien, el presidente echa a la afición y a la prensa contra el alcalde correspondiente. Y al final siempre alude al agravio comparativo con otros clubes. Por ejemplo, desde Málaga llegaron cientos de demandas y presiones porque los papeles de Cata-nha se eternizaban. Al final, el brasileño tardó once meses en que se resolviera su caso'.

Para poder solicitar la nacionalidad española por la vía de la residencia un ciudadano extranjero tiene que acreditar diez años con permiso de residencia en España -para lo que es necesario contar con un permiso de trabajo-, salvo si es un asilado político (cinco años); si es natural de países iberoamericanos, sefardíes, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal (dos años); si es nacido en territorio español, o si está casado con un nacional (un año de residencia certificada). Éstos son los casos más usuales.

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