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La juez condena al Español apagar 42 millones por el accidente de la bengala que mató a un niño

Blanca Cia

El Español ha sido condenado al pago de 42 millones de pesetas como indemnización por la muerte de] niño Guillermo Alfonso, ocurrida en marzo de 1992 a causa de¡ lanzamiento de una bengala, de acuerdo con la sentencia hecha pública ayer por la titular de¡ Juzgado de lo Penal número 17 de Barcelona, Araceli Aiguaviva. La sentencia condena a quien lanzó la bengala, Franco Vila, a seis meses de prisión por la imprudencia y critica al club por "una falta de previsión incontestable", ya que no era la primera ocasión que una bengala originaba accidentes mortales en un campo de fútbol.

La juez considera que la ausencia de control en la introducción de objetos peligrosos en el estadio de Sarriá denota "desidia, permisividad y falta de diligencia y previsión" por parte del Español.La sentencia no da crédito a la versión que Franco Vila, el acusado, dio en el juicio sobre su desconocimiento dla peligrosidad de los cohetes que llevó al campo y de que estuviese prohibido meterlos en él. "El Español estaba obligado a impedir la entrada de las bengalas", sostiene el fallo. La juez Araceli Aiguaviva rechaza la tesis que la defensa del club mantuvo en el juicio en el sentido de que la seguridad corresponde a las fuerzas del orden. "Son las entidades deportivas las obligadas a impedir la entrada de bengalas y otros artefactos peligrosos ( ... ). La policía sólo debe intervenir si se opone resistencia a la actuación de los porteros. El Español lo sabe y lo aplica después del accidente, pero antes no lo hizo con la necesaria escrupulosidad", se dice en la sentencia.

El hecho de que el club blanquiazul no puso el debido cuidado queda claro, en opinión de la juez, en el detalle de que el 15 de marzo de 1992, el día del accidente, sólo hubiera cuatro vigilantes jurados controlando los accesos de todas las puertas del estadio. "Pero es que, además, no se trata de que haya más guardias jurados, sino de que los empleados de las puertas sepan sus obligaciones y, en los casos necesarios, requieran la intervención de las fuerzas del orden", continúa el fallo.

Los antecedentes

Aiguaviva recuerda que en 1985 falleció un espectador por el impacto de una bengala en el campo del Cádiz, el Ramón de Carranza. En circunstancias parecidas han muerto más espectadores en 1980 en Roma, en 1981 en Atenas y en 1983 en Buenos Aires.

La sentencia también rechaza el argumento de que la introducción de objetos como bengalas es habitual en otros estadios de futbol. "Dicha actitud generalizadada no constituye causa exculpatoria", afirma.

La juez también hace valoraciones sobre el fenómeno de la violencia en el fútbol: "Es de desear que todas las personas, entidades y autoridades pongan los medios necesarios para frenar definitivamente actitudes violentas, aunque alguna de ellas venga enmascarada por legítimas euforias, que pueden no ser tan legítimas".

De la misma manera que la magistrada ve la responsabilidad subsidiaria por la muerte de Guillermo Alfonso en el Español, tampoco duda de la responsabilidad directa de Vila en el accidente. En opinión de la juez, éste sabía que la introducción de las bengalas no está permitida y por eso Ias escondió" para poder tener acceso con ellas al recinto deportivo.

La sentencia también rechaza el argumento de que el acusado ignorase la peligrosidad de los artefactos: "El aspecto de dichas bengalas, así como su tamaño, denota, al menos, que lo adecuado habría sido preguntar por su peligrosidad y su forma de utilización. No se interesó [en referencia a Vila] en conocer la manera de accionarlas para evitar desgracias".

Añade el fallo que Vila accionó los cohetes lanzándolos en posición horizontal, no vertical, porque lo demuestra la trayectoria. El acusado lanzó dos bengalas y ambas hicieron impacto en la tribuna opuesta, donde se hallaba Guillermo Alfonso con sus padres y su hermano.

José Luis Dotti, el vicepresidente del Español, anunció que su club estudiará la sentencia y no descarta la presentación de un recurso ante la Audiencia Provincial de Barcelona en un plazo máximo de 10 días.

Un acto aislado

"Reitero que fue un acto aislado que podía pasar en cualquier campo. Por tanto, sigo sin entender nuestra responsabilidad", agregó Dotti.

El club, condenado como responsable civil subsidiario, es consciente de que Vila es parcialmente insolvente y, por tanto, deberá afrontar el pago de la mayor parte de la indemnización. "Esperamos que esta cuestión sea competencia de nuestra compañía de seguros", apuntaron fuentes próximas al Consejo de Administración.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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