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Arranca el plazo para solicitar el borrador de la Renta

Se puede pedir por Internet o por teléfono

A partir de hoy, lunes, y hasta el 25 de junio se puede solicitar el borrador del IRPF y/o los datos fiscales aquellos contribuyentes que no lo pidieron en la declaración de la Renta del pasado año o que no lo confirmaron.

Si el contribuyente reúne las condiciones para recibirlo, la Agencia Tributaria se lo enviará junto con los datos fiscales con los que se ha calculado, mientras que en el caso de que no se le pueda enviar el borrador, siempre recibirá los datos fiscales.

El borrador lo recibirán los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

Se puede pedir por Internet (www.agenciatributaria.es) o por teléfono (901 12 12 24 o 901 20 03 45). Además, se obtiene por correo en el domicilio del contribuyente y puede consultarse en Internet con certificado de firma electrónica y con el número de referencia del borrador.

Posteriormente, se podrá confirmar desde el 1 de abril y hasta el 30 de junio (hasta el 23 de junio si se domicilia el pago).

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