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Concedida la libertad provisional al agente Alejo Buxeres y a su apoderado

Andreu Missé

El titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Barcelona, Fernando Campos, ha concedido la libertad provisional al agente de cambio y bolsa Alejo Buxeres y a su apoderado, Juan Sampere, con una fianza de 250 millones de pesetas para cada uno, según fuentes jurídicas. La decisión judicial fue comunicada el pasado viernes a Juan Sampere, que se encuentra en la cárcel Modelo de Barcelona, y a Alejo Buxeres, internado en el Hospital Clínico, donde permanece en situación de enfermo detenido desde el pasado 25 de abril, a consecuencia de una insuficiencia mitral y de su avanzada edad, 73 años.La decisión judicial accede a la petición de libertad de los procesados con la condición de que aporten la fianza señalada, y por tanto deja sin efecto el recurso de apelación que habían presentado contra el auto de prisión dictado por el juez el pasado 21 de marzo. Buxeres y Sampere podrán presentar un recurso de reforma contra la decisión del juez solicitando una rebaja de las fianzas. Si el recurso de reforma no fuese estimado pueden plantear después un recurso de apelación ante la sala correspondiente de la Audiencia, para cuya resolución se celebraría una vista en la que tomarían parte el fiscal José María Mena y los defensores de Buxeres y Sampere, el catedrático jubilado de Derecho Penal Octavio Pérez Vitoria y el catedrático en ejercicio Juan Córdoba Roda, respectivamente.

Fuentes jurídicas señalaron como poco probable que los procesados soliciten la rebaja de las respectivas fianzas, ya que para conseguirlo es indispensable la resolución de ambos recursos, lo que en la práctica requiere un período de tiempo superior al mes y medio. Ello significaría la aproximación a las vacaciones judiciales y el retraso de todo el proceso, por lo que se cree que los implicados optarán por buscar los recursos económicos exigidos por el juez para poder salir en libertad cuanto antes.

Con independencia de los incidentes del auto de prisión, el próximo 10 de mayo se celebrará la vista del recurso de apelación contra el auto de procesamiento de los implicados dictado por el juez también el pasado 21 de marzo. En este caso la autoridad judicial consideró oportuno decretar dos autos distintos y, por tanto, abrir dos vías jurídicas independientes, una para procesar y otra para decretar la prisión.

Auto de procesamiento

Según el auto de procesamiento se consideraba que existían indicios racionales de que las conductas de Buxeres y Sampere podrían estar relacionadas con las previstas en los delitos de falsificación de documentos públicos del artículo 302, 4ª, y 303 del Código Penal.El primero afectaría a Alejo Buxeres por tratarse de un funcionario público en su condición de agente oficial de cambio y bolsa, y el segundo a Juan Sampere, al referirse a las falsedades cometidas por particulares en documentos públicos u oficiales o en letras de cambio.

El auto de procesamiento consideraba también a los implicados como presuntos autores de un delito de apropiación indebida previsto en el artículo 535 del Código Penal en relación con los artículos 528 y 529, 7ª y 8ª. La referencia a este último artículo, que según fuentes jurídicas permite imponer la pena de prisión mayor (de seis años y un día a 12 años), deriva de haberse estimado la existencia de múltiples perjudicados y del valor de la defraudación.

Para establecer la cuantía del presunto fraude, el juez tuvo en cuenta el informe del Ministerio de Economía y Hacienda, que lo estimaba en 5.600 millones de pesetas.

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