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El Banco de España podrá limitar la obra social de las cajas con poco capital

Las entidades que reciban dinero público deberán dar más crédito solo a las pymes. -Las cajas rurales podrán recibir ayudas sin convertirse en bancos

El Banco de España podrá limitar la obra social de las cajas cuando estas entidades no alcancen la solvencia exigida en el nuevo decreto de reforzamiento del sector financiero, que hoy publica el Boletín Oficial del Estado . Esos mínimos son del 8% de capital principal o del 10% en el caso de cajas que no coticen y dependan de los mercados para financiarse. Además, en esos supuestos podrán limitarse también los bonus de los ejecutivos.

El artículo 3 de la norma publicada hoy establece que cuando coyunturalmente una entidad presente un nivel de capital principal inferior al mínimo exigido, "el Banco de España impondrá restricciones que podrán afectar al reparto de dividendos, la dotación a la obra benéfico-social, las remuneraciones variables de administradores y directivos, la retribución de las participaciones preferentes y la recompra de acciones".

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Hasta ahora, el Banco de España podía poner restricciones cuando el capital era al menos un 20% menor al exigido y con el listón mucho más abajo del 8% o el 10% que ahora se establece. En todo caso, esas limitaciones a la obra social, los bonus o los dividendos serán de aplicación una vez haya transcurrido el proceso de recapitalización que se extenderá como máximo hasta marzo de 2012 .

La norma publicada hoy en el BOE también establece el sistema de rescate de las cajas rurales y demás cooperativas de crédito que, curiosamente, será el que estaba en vigor hasta ahora para las cajas. Es decir, recibirán inyecciones del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria sin necesidad de transformarse en bancos. El FROB inyectará el dinero mediante participaciones preferentes, como ha hecho en la primera fase de recapitalización de las cajas.

Crédito a pymes

Aunque los documentos iniciales que barajaba economía decían que las entidades que recibiesen ayudas públicas deberían fijar "objetivos de evolución del crédito a familias y empresas", finalmente la norma les permitirá reducir el crédito a las familias y a las grandes empresas. El decreto solo obliga a dar más crédito a las pymes: "Las entidades solicitantes asumirán el compromiso de incrementar la financiación a pequeñas y medianas empresas, en términos compatibles con los objetivos establecidos en su plan de negocio", dice el artículo 12.c.

El decreto ley deja en manos del Banco de España definir qué es la dependencia de la financiación mayorista, esto es, de los mercados, un factor que puede elevar al 10% la exigencia de capital. Se establece de forma general un requisito de capital principal del 8% de los activos ponderados por riesgo, y del 10% para aquellas entidades que superen el 20% de financiación mayorista y no hayan colocado al menos un 20% de su capital entre terceros.

Los elementos que integran el capital principal son, en línea con lo establecido en Basilea III, el capital, las reservas, las primas de emisión, los ajustes positivos por valoración, los intereses minoritarios; y, adicionalmente, los instrumentos suscritos por el FROB y, transitoriamente, los instrumentos obligatoriamente convertibles en acciones antes de 2014. Estos elementos serán minorados por los resultados negativos y pérdidas, los ajustes negativos por valoración y los activos inmateriales.

El examen del 10 de marzo

Estos nuevos requerimientos entrarán en vigor el 10 de marzo de 2011. Ante la posibilidad de que haya algunas entidades con dificultades para alcanzar este nuevo requisito en un plazo corto, la norma ha diseñado una estrategia progresiva de cumplimiento.

Las entidades que a 10 de marzo no alcancen el nivel requerido de capital principal tendrán 15 días hábiles para comunicar al Banco de España la estrategia y calendario con que garantizan el cumplimiento de los nuevos requisitos. Dicha estrategia podrá contemplar la captación de recursos de terceros y la salida a bolsa de las entidades, y deberá ser aprobada por el Banco de España, quien podrá, asimismo, exigir modificaciones. Si la estrategia incluyese la solicitud de apoyo financiero al FROB, la entidad deberá presentar también, en el plazo de un mes, un plan de recapitalización.

El conjunto de medidas puestas en marcha por cualquier entidad de crédito para garantizar su cumplimiento de las nuevas exigencias de capital deberá haberse ejecutado antes del 30 de septiembre de 2011. Ese mes el Banco de España evaluará el cumplimiento de acuerdo con la información del primer semestre. Si alguna entidad anticipara que no podrá cumplir el plan en los plazos indicados, deberá comunicarlo al Banco de España 20 días antes del vencimiento del mismo.

Ampliación del plazo

Si en el momento de la evaluación falta algún trámite administrativo, pero se está cumpliendo en lo esencial la estrategia de recapitalización planteada ante el Banco de España, éste podrá acordar, caso por caso, un plazo adicional no superior a tres meses para finalizar la recapitalización. En el caso de procesos de admisión a negociación de valores, el Banco de España podrá prorrogar el plazo de ejecución, con carácter excepcional, hasta el primer trimestre del año 2012. Las entidades que quieran solicitar esta admisión deberán presentar al menos un acuerdo de la junta o asamblea general de la entidad emisora sobre el proceso de negociación de valores, un calendario detallado de ejecución, y deberán haber otorgado a una o varias entidades directoras el mandato para dirigir las operaciones relativas al diseño de la salida a los mercados secundarios oficiales.

La norma autoriza al FROB a adquirir acciones o aportaciones al capital social de las entidades para el reforzamiento de sus recursos propios. La presencia del FROB en el capital de las entidades es transitoria, ya que deberá enajenar las acciones en un plazo máximo de 5 años a través de un procedimiento competitivo. No obstante, en el plazo máximo de dos años se permitirá a estas entidades la recompra de los títulos adquiridos por el FROB, según condiciones de mercado.

La ministra de Economía, Elena Salgado
La ministra de Economía, Elena SalgadoAP

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