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Bruselas exige a España que ponga coto a los sueldos de la banca

La Comisión Europea da un ultimátum de dos meses para cambiar la ley.- Economía asegura que ya ha traspuesto "la mayor parte" de la directiva

La Comisión Europea ha exigido hoy a España que incorpore antes de dos meses la nueva directiva comunitaria sobre las remuneraciones a las entidades financieras. Esta norma, que es la tercera Directiva sobre los requisitos de capital o DRC III, tiene como objetivo limitar "la excesiva e imprudente asunción de riesgos en el sector bancario" que ha motivado una estructura salarial centrada en el corto plazo y los beneficios inmediatos que han sido uno de los gérmenes de la crisis. Además, según recuerda la UE en un comunicado, estas remuneraciones "mal concebidas" han provocado "la quiebra de distintas entidades y traído problemas a la sociedad en su conjunto".

En caso de no cumplir con la exigencia, el Ejecutivo comunitario advierte al Gobierno de que llevará a España ante el Tribunal de Justicia ya que la advertencia de hoy tiene carácter de "dictámenes motivados", que es el segundo paso en el proceso de infracción comunitaria. La UE también ha instado a Grecia, Italia, Portugal, Polonia y Eslovenia a cumplir con la normativa bajo la misma amenaza de acabar ante los tribunales. El plazo para aplicar la norma concluyó el pasado 1 de enero pero, hasta la fecha, España no ha aplicado ninguna de sus disposiciones, destaca la UE.

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No obstante, el Ministerio de Economía asegura que la nueva norma "se encuentra ya traspuesta en su práctica totalidad y, desde luego, en sus aspectos esenciales". Además, según añade en un comunicado, aunque entró en vigor en abril, se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2011, tal y como establece Bruselas. En concreto, el departamento que dirige Elena Salgado alude a la Ley de Economía Sostenible, aprobada el 4 de marzo, y a la Ley 6/2011 por la que se modifica la Ley de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros que vio la luz el el 11 de abril, entre otras.

España, entre los impulsores de la iniciativa

Además, el Gobierno, que recuerda que España fue uno de los impulsores de la iniciativa, adelanta que la parte no incorporada de la Directiva, "de índole técnica y carácter reglamentario, quedará completada con la inminente aprobación del Real Decreto de recursos propios de las entidades financieras". Esta norma, concreta, "se encuentra ya en fase muy avanzada de tramitación, pendiente de recabar el preceptivo informe del Consejo de Estado".

La Ley de Economía Sostenible afirma en su artículo 11 que el Banco de España podrá, cuando los bancos y cajas no cumplan con las exigencias, "requerir a las entidades de crédito que limiten las remuneraciones variables cuando sean incoherentes con el mantenimiento de una base sólida de capital".

Además, la LES exige que "el informe anual sobre las remuneraciones de los consejeros, la política de remuneraciones de la sociedad aprobada por el consejo para el año en curso, la prevista para años futuros, el resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones durante el ejercicio, así como el detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros, se difundirá y someterá a votación, con carácter consultivo y como punto separado del orden del día, a la junta general ordinaria de accionistas".

El Banco de España podrá "exigir" salarios coherentes

En la segunda ley a la que hace referencia Economía, las funciones del Banco de España quedan más claras al cambiar el verbo "requerir" por "exigir". Así, según reza su artículo décimo bis, el supervisor podrá "exigir [...] a las entidades que incluyan políticas y prácticas de remuneración coherentes con la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva".

Por su parte, la directiva a la que hace referencia Bruselas modifica dos leyes comunitarias sobre los requisitos de capital con vistas a garantizar la solvencia financiera de los bancos y sociedades de inversión. Esta legislación, añade la Comisión en su nota, "aborda los incentivos salariales perversos al exigir a las entidades que apliquen políticas de remuneración solventes que no estimulen o premien las asunciones de riesgos excesivos".

Según el nuevo marco jurídico, que en cualquier caso no introduce límites salariales o en las primas, los supervisores bancarios (en el caso español el Banco de España) tienen la facultad de sancionar a los bancos cuyas políticas de remuneración no se ajusten a los nuevos requisitos. Sobre este extremo, el Ministerio de Economía recuerda que "previamente a la aprobación de la Ley de Economía Sostenible, el Banco de España ya tenía, y ejercía de manera efectiva, capacidad de supervisión de las remuneraciones de los directivos del sector financiero".

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