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El Constitucional libra a 'los Albertos' de la cárcel

Les concede el amparo al considerar prescrita la estafa del 'caso Urbanor'

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo de Alberto Cortina y Alberto Alcocer, los Albertos, a los que ha librado de la condena de tres años y cuatro meses de cárcel que les impuso el Tribunal Supremo a cada uno por delitos de estafa y falsedad en la compra de los terrenos de las Torres KIO.

Consulta el contenido completo de la sentencia del caso 'Urbanor'

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pascual Sala, declara que ni la Audiencia de Madrid ni el Tribunal Supremo vulneraron el derecho de los Albertos a la presunción de inocencia, o lo que es lo mismo, que hubo prueba de cargo suficiente para fundamentar la condena y concurrieron todos los rasgos típicos del delito de estafa. Sin embargo, aprecia vulneración, por parte del Supremo, del derecho a la tutela judicial efectiva al no haber estimado la prescripción.

En 1998, los Albertos, socios mayoritarios de Urbanor, pactaron un precio de venta de 231.000 pesetas por metro cuadrado de los solares de la plaza de Castilla, de Madrid, donde se iban a levantar las Torres KIO. Pero remitieron a los socios minoritarios un documento con la firma falsificada del representante de KIO en Londres, en el que figuraba un precio de 150.000 pesetas, en vez del precio verdadero. Los Albertos obtuvieron así un beneficio de más de 4.000 millones de pesetas (25 millones de euros).

La querella contra los Albertos se presentó el 6 de enero de 1993, último día anterior a la prescripción de los posibles delitos. El Supremo entendió que la presentación de esa querella cumplía el requisito legal de que "el procedimiento se dirija contra el culpable", y condenó.

Sin embargo, el Constitucional ha aplicado su propia doctrina, que considera la querella contra los Albertos una "solicitud de iniciación del procedimiento" y no "un procedimiento ya iniciado". Así, la primera decisión judicial en el caso, el auto de incoación de diligencias previas, "se dictó 13 días después del vencimiento del plazo de prescripción". Para el Constitucional, el Supremo interpretó la prescripción de forma lesiva para el derecho de los Albertos a la tutela judicial, "en cuanto insuficientemente respetuosa del derecho a la libertad"

El magistrado Ramón Rodríguez Arribas ha discrepado de la sentencia al entender que la decisión del Supremo estuvo bien fundamentada. Los accionistas de Urbanor indicaron que los dos financieros tienen pendiente el pago de más de 40 millones de euros en indemnizaciones.

Alberto Cortina (Izquierda) y Alberto Alcocer en el juzgado número 11 de Madrid, en mayo de 2005.
Alberto Cortina (Izquierda) y Alberto Alcocer en el juzgado número 11 de Madrid, en mayo de 2005.EFE

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