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Dieciocho años de pleitos perdidos en España y en el extranjero

La familia Ruiz-Mateos, dieciocho años después de la expropiación de Rumasa, y tras múltiples sentencias en su contra en distintos organos jurisdiccionales españoles (Constitucional, Supremo, Audiencia Nacional y audiencias provinciales), en tribunales del Reino Unido y de Estados Unidos y en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sigue reivindicando una indemnización multimillonaria (tres billones de pesetas) para tirar la toalla en su particular guerra mediático-judicial contra el Estado. La cosecha de sentencias y fallos sobre el caso no avala sus pretensiones:

- El Tribunal Constitucional le ha negado en cuatro ocasiones -tres sentencias (1983, 1986 y 1991) y un auto (1990)- la mayor: que la medida de expropiación aplicada a Rumasa no fuese constitucional.

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- Los pleitos de reversión de las empresas, que en número superior a 200 ha interpuesto Ruiz-Mateos por incumplimientos del fin expropiatorio, han sido desestimados en su totalidad, a fecha de hoy, por el Tribunal Supremo, habiendo generado además una condena en costas que supera los 60 millones de pesetas.

- Respecto a la corrección de los contratos de venta de empresas expropiadas, Ruiz-Mateos interpuso, entre otros, recursos contra los acuerdos del Consejo de Ministros por la venta de Banco Atlántico, Hotasa y Galerías Preciados. Todos los fallos han sido contrarios a los mismos.

- En relación con el justiprecio fijado para los accionistas de las empresas expropiadas, el Tribunal Supremo acaba de fallar -sentencia de 20 de febrero-, en el caso de la compañía Análisis Económico, que los criterios de valoración empleados son técnicamente correctos y se ajustan a Derecho y, lo que es más importante, que sólo son aplicables a accionistas terceros minoritarios y no a los propietarios principales del Grupo Rumasa, que deberán atenerse a lo que resulte del proceso de consolidación total de las cuentas.

Los criterios de valoración aplicados para el justiprecio han sido idénticos en todas las empresas por lo que cabe esperar que los sucesivos fallos del Supremo, en torno a los recursos presentados y pendientes de ser juzgados, concluyan con el mismo resultado. Además, la asunción por el Supremo de la consolidación de las cuentas del grupo expropiado para determinar las indemnizaciones supone, según los expertos, y dado que el valor del holding es de 438.351 millones en números rojos, que Ruiz-Mateos cobrará cero pesetas de indemnización.

- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos le concedió, en 1993, una condena al Estado español por la excesiva duración del proceso, pero le negó la demanda de satisfacción de los demandantes.

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