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La Generalitat multa con 417.000 euros a 22 aerolíneas por publicidad engañosa

Consumo denuncia que los billetes pueden llegar a multiplicar por cuatro el precio ofertado.- Además, impone multas por cuestiones lingüísticas relacionadas con el catalán

EP - Barcelona - 28/11/2007

 
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El director de la Agencia Catalana de Consumo (ACC), Jordi Anguera, ha anunciado hoy que la Generalitat ha impuesto sanciones a 22 de las 29 aerolíneas que operan en Catalunya con multas que suman un importe total de 417.000 euros por publicidad engañosa. En su conjunto, las autoridades catalanas han multado con un total de 736.700 euros a las 29 compañías por diversas irregularidades como cláusulas abusivas o incumplir cuestiones lingüísticas relacionadas con el uso del catalán.

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Anguera ha explicado que las sanciones por publicidad engañosa suman 417.000 euros, seguidas de las multas por cláusulas abusivas, que suponen un importe de 145.700 euros y que responden a prácticas como anular el vuelo sin causa justificada o emitir la información al usuario en un idioma no oficial.

Tanto la publicidad engañosa como las cláusulas abusivas están tipificadas como infracciones graves, por lo que las multas pueden llegar hasta los 30.000 euros.

Por otro lado, el 5,9% de las multas son por cuestiones lingüísticas relacionadas con el uso del catalán, lo que se considera infracción leve -con una sanción de hasta 3.000 euros-. Las multas impuestas en este ámbito suman 43.500 euros.

El responsable de la agencia ha lamentado los "incumplimientos importantes" observados durante todo el proceso de inspección de las compañías aéreas basados sobre todo en que el precio ofertado no incorpora todos los conceptos (como impuestos y tasas), de modo que el usuario puede llegar a pagar un precio final "hasta cuatro veces superior".

Asimismo, las infracciones por cláusulas abusivas se detectaron en ocho de los 29 casos, con ejemplos como que la empresa tenga en un idioma no oficial sus condiciones de contratación de pasajes, que se reserve el derecho a cancelar en vuelo sin causa justificada o aplique cláusulas que disminuyen el derecho del viajero a recibir compensación.

A pesar de que la ACC declinó revelar las cifras sobre las compañías más sancionadas, ha informado de que no hay "grandes diferencias" entre las ''low cost'' y las aerolíneas convencionales y que las multas oscilan entre los 5.100 euros como mínimo y los 61.000 euros como máximo.

Por su alcance y las cuantías de las sanciones, esta es la campaña de investigación "más importante" que se ha hecho en España y, según Anguera, la Generalitat ya ha empezado a percibir los importes por parte de algunas de las compañías.


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