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Bancos y cajas vuelven a emitir pagarés con la máxima retención fiscal en origen

El nivel de los tipos de interés en los mercados monetarios, cerca del 16% en las operaciones a un año, ha posibilitado que en los últimos meses algunas entidades financieras hayan vuelto a emitir pagarés con la máxima retención fiscal, pero totalmente opacos para la Hacienda pública. Otras entidades consideran en estas semanas la posibilidad de volver a ofrecer estos títulos a sus inversores con una rentabilidad que puede superar la de los pagarés del Tesoro.

Los elevados tipos de interés que registran los mercados monetarios, y el olvido del Ministerio de Economía y Hacienda de elevar en la misma proporción el tipo de referencia de los activos financieros con retención en origen (afros) del máximo legal, permiten en la actualidad que estos títulos, prácticamente no emitidos en los dos últimos años con carácter general, vuelvan a ser relativamente rentables para las entidades financieras e incluso para los clientes que traten de ocultar parte de su patrimonio a Hacienda.Los afros son el único activo financiero que realmente goza de opacidad fiscal en la ley de fiscalidad de determinados activos financieros. Esta opacidad era reconocida por la Administración al eximir a las entidades financieras que los emitieran de la obligación de entregar la lista de suscriptores a Hacienda. A cambio, estos activos estarían gravados fiscalmente por el tipo máximo del impuesto sobre la renta de las personas físicas, situado en el 56% de los rendimientos.

En un primer momento las autoridades económicas no establecieron un tipo de interés de rendimiento de referencia sobre el que se debería calcular el 56%, por lo que algunas entidades financieras, entre las que se encuentra el Banco Santander, realizaron emisiones de elevada cuantía que adquiría formalmente una filial suya, que, a su vez, las cedía a particulares a precios por encima de la rentabilidad que ofrecían los pagarés del Tesoro sin que ello supusiera un fuerte desembolso para los bancos.

Tipo de rendimiento

El Ministerio de Economía y Hacienda estableció posteriormente, y aún sigue en vigor, que el tipo de rendimiento de referencia sería el 15%. Ello supone que la entidad financiera que quiera emitir un afro debe pagar al fisco el 8,4% en concepto de retención en origen. A este porcentaje el banco o la caja debe añadir la retribución real que percibe el comprador de dicho título. El elemento de referencia es lo que los inversores que quieren eludir el control fiscal reciben por adquirir pagarés del Tesoro o los pagarés forales, que, sin tener reconocida la opacidad fiscal, gozan en la práctica de la misma.Los pagarés del Tesoro, emitidos al 5,5%, suelen cederse por bancos y cajas a un tipo que oscila entre el 4,5% y el 5%. El precio del afro, que es un depósito que debe cubrir coeficientes, tendrá, por tanto, un coste real para la entidad financiera cercano al 13%, más otra parte correspondiente a la cobertura de los coeficientes. En estas condiciones, si los tipos de interés en los mercados monetarios no superan, para los mismos plazos, un precio superior, no compensa a las entidades financieras ponerlos en circulación. De hecho, en los dos últimos anos apenas si se han realizado operaciones de este tipo.

Pero el hecho de que el precio del dinero a un año esté cerca del 16% en los mercados monetarios -y que la retribución en cuentas corrientes de alta remuneración se sitúe en la actualidad en el 13,5% para cantidades elevadas- permite que el umbral de rentabilidad de los afros se haya alcanzado.

Las peculiaridades fiscales de Navarra han permitido que en este territorio se hayan seguido emitiendo pagarés afros por parte de bancos y cajas de ahorros.

Las autoridades de la Diputación Foral de Navarra decidieron, cuando Economía estableció el 15% como tipo de referencia, que en su comunidad el tipo aplicable sería el 10%. Al tiempo, en lugar de tener que pagar como retención en origen el 56%, se fijó el 45%. Este conjunto de condiciones hacía que el emisor de un afro tuviera que pagar a la Hacienda foral el 4,5% en lugar del 8,4% existente en el resto del Estado, lo que favorecía su expansión.

El Ministerio de Economía y Hacienda ha empezado a estudiar, en función del precio del dinero, modificar de nuevo el tipo de referencia para impedir que, de nuevo, se dispare el volumen de dinero fiscalmente opaco.

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