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El Supremo confirma una multa de 600.000 euros a Caixanova

La caja gallega incumplió las medidas de prevención de blanqueo de capitales

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la multa de 600.000 euros impuesta en 2005 a la Caja de Ahorros de Vigo, Ourense y Pontevedra (Caixanova) por no cumplir las medidas establecidas para la prevención del blanqueo de capitales.

La multa la puso hace cinco años el Ministerio de Economía y Hacienda. Hoy, el alto tribunal destaca la existencia de "sólidos y razonables elementos" que acreditan que la entidad financiera no comunicó en su momento al Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) que se habían llevado a cabo operaciones supuestamente delictivas.

El Supremo confirma asimismo una sentencia de la Audiencia Nacional de marzo de 2007, en la que se rechazaba un recurso presentado por Caixanova. La caja gallega no identificó, como se la obligaba, a los clientes ni conservó los documentos identificativos; tampoco comunicó al SEPBLAC el "indicio o certeza" de ciertas operaciones que encubrían un blanqueo de capitales.

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