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Primera orden de prisión por dos muertes laborales

El juez aplaza la medida por la edad de los condenados

Lucía Abellán

La justicia ha adoptado una decisión pionera respecto al papel de las empresas en los accidentes laborales. Un juzgado de Madrid ha ordenado el ingreso en prisión de un empresario, dos arquitectos técnicos y un coordinador de seguridad laboral por la muerte de dos trabajadores en un andamio. Los condenados debían haber comparecido ayer para entrar en la cárcel en un plazo de 15 días, pero el juez paralizó la orden porque alegaron razones de edad. El juez consultará al fiscal antes de decidir.

Comisiones Obreras, que actúa como acusación particular en la causa, ha pedido orden de búsqueda y captura para los cuatro condenados por entender que no existen motivos para eludir la prisión. "Si no se ejecutara la sentencia, sería un escándalo de grandes proporciones", apunta Antonio García, abogado del sindicato.

La sentencia señala la "falta total de conocimientos" de una de las víctimas

La sentencia, que data de 2006, condena a los arquitectos Emilio Antonio Rodríguez y Pablo Queraltó, al empresario Jacinto Calvente -dueño de la Compañía Madrileña de Alquiler de Maquinaria- y al coordinador de seguridad de la obra, Juan Ángel Baigorri, a dos años, seis meses y un día de prisión por un homicidio involuntario ocurrido en Madrid que costó la vida a dos trabajadores en mayo de 2001.

Los obreros se precipitaron al suelo cuando desmontaban un andamio motorizado, una labor para la que al menos uno de los fallecidos no estaba formado. "La caída de los dos trabajadores y su muerte está directamente conectada con la falta total de conocimientos y preparación de, al menos, una de las víctimas", subraya la sentencia, que determina claramente la responsabilidad de esos hechos: "Resulta incontestable que los empresarios o titulares de la empresa son los posibles sujetos activos del delito". El texto concluye que se incumplieron las normas de prevención de riesgos laborales.

El responsable de salud laboral de Comisiones Obreras en Madrid, Carmelo Plaza, añade que uno de los trabajadores provenía de una empresa de trabajo temporal, que están inhabilitadas para enviar obreros al andamio. El responsable sindical se felicita de que se dicte este tipo de sentencias -ya ha habido alguna más con pena de prisión, pero es la primera que ha dado lugar a una orden- y confía en que sean más habituales. "No cumplir con las normas de riesgos laborales es un delito y tienen que pagarlo", subraya.

La demora en ejecutar la sentencia obedece a que ha sido recurrida por las diversas partes personadas. Los condenados agotaron la última vía pidiendo un indulto al Consejo de Ministros, que fue rechazado el pasado mes de agosto. A partir de ahí, el Juzgado de Ejecuciones Penales número 7 de Madrid exigió la entrada en prisión, que de momento ha quedado suspendida.

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Sobre la firma

Lucía Abellán
La redactora jefa de Internacional de EL PAÍS ha desarrollado casi toda su carrera profesional en este diario. Comenzó en 1999 en la sección de Economía, donde se especializó en mercado laboral y fiscalidad. Entre 2012 y 2018 fue corresponsal en Bruselas y posteriormente corresponsal diplomática adscrita a la sección de España.

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