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Las prejubilaciones se rigen ya por la reforma de las pensiones

El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley que contempla el retraso de la edad de jubilación a los 67 años

Manuel V. Gómez

Todavía no se ha aprobado la reforma laboral ni ha entrado en vigor. Pero el día de ayer, 25 de marzo de 2011, ya marca un antes y un después para los prejubilados, un colectivo que con la crisis no ha hecho más que aumentar. Quienes se prejubilaran hasta el jueves se acogerán a las normas de jubilación vigentes todavía: 65 años de edad legal, 35 años cotizados para acceder a la pensión máxima o 15 años de periodo de cálculo. Quienes lo hicieran a partir de ayer se atendrán a las que progresivamente entrarán en vigor desde el 1 de enero de 2013: retiro a los 67, 37 años de cotización para tener el 100% de la pensión o 25 años de periodo de cómputo. Lo mismo sucede con los jubilados parciales.

El texto legal aún tiene que pasar por el Parlamento para entrar en vigor

La fecha no está escogida al azar. Lo es porque ayer mismo el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley y lo envió al Parlamento. Esto supone que los detalles de la reforma todavía no son definitivos, que todo puede cambiar en la negociación política. Pero resulta difícil imaginar cambios sustanciales en el texto final dado que la reforma llega con el aval de sindicatos y empresarios.

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, defendió el proyecto en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Argumentó que es una reforma que se asienta en cuatro principios: sostenibilidad del sistema de pensiones, correlación entre lo pagado y lo recibido, flexibilidad al mantener la posibilidad de jubilarse de forma anticipada y gradualidad en su aplicación. Gómez también alabó el informe preceptivo que el Consejo Económico y Social ha elaborado de la reforma. "Hemos incluido el 70% o el 80% de las recomendaciones", explicó.

El texto aprobado ayer no modifica ninguna de las líneas de la reforma que Gobierno, sindicatos y patronal firmaron hace mes y medio en el Acuerdo Social y Económico, y que pactaron tras un mes de intensas negociación. La más importante es, evidentemente, el retraso de la edad legal de jubilación de 65 años a 67 entre 2013 y 2027. En el mismo periodo y con la misma cadencia se aumenta de 35 a 37 el número de años cotizados para acceder a la pensión completa. No obstante, este regla tiene una importante excepción: quienes tengan una carrera larga de cotización (38 años y seis meses) podrán retirarse a los 65.

Otro cambio fundamental, que persigue aumentar la recaudación y el ahorro para el sistema de pensiones, implica el aumento de 15 años a 25 el periodo de cálculo entre 2013 y 2022.

Cuando habló de flexibilidad, Gómez se refería a la posibilidad de que haya jubilaciones anticipadas voluntarias entre los 63 y los 67 años (aplicando un coeficiente de reducción que va del 1,875% o el 1,675%). Además se mantiene la posibilidad de retirarse a los 61 años si el trabajador pierde su empleo como consecuencia de una crisis empresarial.

Para evitar que el retraso de la edad de jubilación y, sobre todo, que el aumento de años cotizados necesarios para acceder a las pensiones completas, perjudique a colectivos como mujeres y jóvenes, la reforma contempla la posibilidad de que el cuidado de hijos pueda suponer el reconocimiento de nueve meses de cotización -hasta un máximo de dos años- y que los becarios coticen también por un periodo máximo de dos años.

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ayer.
El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ayer.SAMUEL SÁNCHEZ

Los puntos clave de la reforma

- Retraso a los 67 años de la edad legal de jubilación y aumento hasta los 37 años cotizados para tener acceso a la pensión completa. El aumento será gradual, entre 2013 y 2027.

- Jubilación a los 65 años con la pensión completa si el trabajador ha cotizado durante 38 años y seis meses.

- Jubilación anticipada voluntaria desde los 63 años. Será posible desde los 61, si el trabajador es despedido durante una crisis empresarial. En ambos casos se aplicarán coeficientes de reducción.

- El periodo de cómputo se amplía de 15 a 25 años. El cambio será gradual entre 2013 y 2022. Habrá una fórmula que dé cobertura a las lagunas de cotización durante este periodo.

- Hasta dos años cotizados por cuidado de hijos, a razón de nueve meses por niño, que contarán exclusivamente para adelantar la edad de jubilación de 67 años a 65.

- Los becarios podrán contabilizar hasta dos años de cotización.

- Jubilación parcial. Aumento gradual de la cotización del relevista y del relevado hasta el 100% de la cuota.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.
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