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La Audiencia Nacional afirma que el Gobierno pagó el rescate del 'Alakrana'

Condenas de 439 años de cárcel para cada uno de los piratas del atunero

La Audiencia Nacional condenó ayer a penas que suman 439 años de prisión para cada uno de los piratas Cabdiweli Cabduhalli, Abdu Willy, y Raageggesey Hassan Ají, Raageggesey Adji Haman, capturados por un buque de la Armada española como integrantes de la banda que secuestró el atunero Alakrana y su tripulación el 2 de octubre de 2009 cuando se encontraba faenando en alta mar a 120 millas de las costas de Somalia.

Los dos piratas han sido condenados por delitos de asociación ilícita, 36 detenciones ilegales, robo con violencia y otros 36 delitos contra la integridad moral. El tribunal, por el contrario, les ha absuelto de terrorismo, pertenencia a banda armada, lesiones y torturas. El máximo periodo de cumplimiento en su caso será de 25 años, ya que han sido condenados a varios delitos castigados con penas de hasta 20 años.

Los secuestradores cumplirán un máximo de 25 años en prisión
Deberán pagar 100.000 euros a cada tripulante por daños morales

Los dos piratas han sido condenados también al pago de una indemnización a cada tripulante de 2.500 euros por el dinero y efectos que se apropiaron y de 100.000 euros por los daños morales padecidos.

La sentencia recoge los aspectos sustanciales del secuestro y las penalidades pasadas por la tripulación del atunero vasco. El texto judicial resalta que la empresa armadora no pagó el rescate exigido por los secuestradores, que era de 10 millones de euros, sino que fueron organismos públicos vinculados al Gobierno español los que se hicieron cargo de satisfacer las exigencias de los piratas y que se concretaron, tras una negociación llevada a cabo por un tal "Pepe, de unos 45 años, que aparentaba tener soltura en esas cuestiones y gran dominio del inglés", en menos de la mitad de la citada cantidad.

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La portavoz parlamentaria del PP, Soraya Sáenz de Santamaría, afirmó que la sentencia dictada ayer supone un "varapalo" para la credibilidad del Ejecutivo, que había asegurado que no había pagado ningún rescate. "Su credibilidad ha quedado en entredicho", precisó la portavoz popular.

La ministra de Asuntos Exteriores y Cooperación, Trinidad Jiménez, negó en los pasillos del Senado que el Ejecutivo hubiera pagado el rescate del Alakrana. Y el secretario general del Grupo Popular del Congreso, José Luis Ayllón, le reclamó que se lea la sentencia.

Y a ese respecto, la sentencia precisa en los hechos probados que un negociador conocido como Yama exigía a la persona designada por la empresa armadora, Kepa Echevarria, la liberación de los dos piratas que se encontraban ya en España y los 10 millones de euros. Cuando resultó evidente que las posiciones no se acercaban, Echevarria tomó un avión para dirigirse a Nairobi y de allí a España, pero el embajador le convenció para que permaneciera en Kenia, que recibiría ayuda en la negociación. La ayuda llegó con el tal Pepe, que fue quien a partir de ese momento se comunicó con Yama y al que hizo saber la imposibilidad de liberar a Abdu Willy y Raageggesey Adji, porque estaban sometidos a la justicia española. Tras la negociación, la exigencia inicial se redujo a menos de la mitad. El pago fue realizado el 17 de noviembre de 2009, cuando se arrojó al mar en las inmediaciones del Alakrana la cantidad pactada en dos cilindros, que fueron recogidos por los asaltantes y que a partir de ese momento comenzaron a abandonar el barco.

La sentencia, sin embargo, precisa más, ya que en los fundamentos jurídicos destaca a propósito del pago del rescate lo siguiente: "El resultado de la prueba practicada en el acto del juicio ha demostrado, sin duda alguna, que no ha sido la empresa armadora, sino organismos públicos vinculados al Gobierno español, quienes han satisfecho la cantidad que se ha abonado por la liberación de los tripulantes y del propio pesquero, haciendo innecesaria la solicitud de desclasificación documental solicitada por la defensa".

La resolución añade que "la inadmisión de tal medio de prueba [los papeles clasificados del CNI] no puede acarrear perjuicio alguno para la calificación del tipo penal, que no exige el cumplimiento de la condición, sino su mera existencia"; es decir, que no era imprescindible que se hubiera pagado, sino el mero hecho de que se hubiera exigido rescate.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Gaizka Iturbe (de pie), engrasador del <i>Alakrana,</i> junto a los dos piratas (sentados).
Gaizka Iturbe (de pie), engrasador del Alakrana, junto a los dos piratas (sentados).JUAN CARLOS HIDALGO (EFE)

"Algo menos de cinco millones de dólares" por la liberación

- La Audiencia Nacional condena a 439 años de cárcel a Cabdiweli Cabdullahi y Raageggesey Hassan Aji por el secuestro del atunero vasco Alakrana, que en otoño de 2009 estuvo 47 días retenido en aguas del océano Índico.

- El fallo recoge penas de dos años de prisión por asociación ilícita; 396 por 36 delitos de detención ilegal (11 años por cada marinero); cinco por robo con violencia, y 36 por otros tantos delitos contra la integridad moral (a razón de un año cada uno).

- Los absuelve de los delitos de terrorismo, integración en banda armada, lesiones y torturas, que les imputaron las acusaciones particulares.

- Deberán pagar 100.000 euros a cada uno de los tripulantes del pesquero por "daños morales".

- La sentencia recoge que "organismos públicos vinculados al Gobierno" pagaron el rescate.

- No cifra la cuantía del rescate -no era el objeto del juicio-, pero destaca la presencia

de interlocutores ligados a su pago.

- Cita a un individuo identificado como "Pepe", un español de unos 45 años, que habría actuado como intermediario con los piratas.

- El patrón del barco, Kepa Etxebarria, se refirió en la vista oral a la participación de Pepe en la negociación del rescate, que pasó de los 10 millones de dólares solicitados inicialmente por los piratas "a algo menos de la mitad".

- La evidencia del pago, que recoge la sentencia, hace "innecesaria" la petición de desclasificación de documentos de los servicios secretos (CNI), solicitada por la defensa de los piratas.

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