La Audiencia juzgará al pirata tras determinar que es mayor de edad
Los magistrados consideran que debe ser el juez Santiago Pedraz y no la jurisdicción de menores el que instruya el caso
Cabdiwelli Cabullahi, alias Abdu Willi, el pirata cuya edad estaba en cuestión en la Audiencia Nacional, tiene entre 19,7 y 20,5 años, según la prueba oseométrica de clavícula encargada por la Sala Penal de la Audiencia Nacional el pasado jueves. El tribunal ha decidido esta mañana que, debido a la mayoría de edad que establece esa prueba, es el juez Central de Instrucción 1, Santiago Pedraz, y no la Jurisdicción de Menores, quien debe investigar los 36 delitos de detención ilegal y el de asociación ilícita por el secuestro del atunero vasco Alakrana el pasado 2 de octubre frente a las costas de Somalia.
La resolución del pleno de la Sala, que dirime la cuestión de competencia planteada entre los juzgados de Menores y de Instrucción número 1 de la Audiencia, considera que el pirata es mayor de edad teniendo en cuenta que su talla y peso corresponde con la edad adulta y que una de las radiografías de la mano izquierda (la encargada por la fiscalía a una clínica privada y no la realizada inmediatamente después de su llegada a España en el hospital madrileño de La Paz) y la de su dentadura determina que se trata "de una persona mayor de 17/18 años".
La Sala, sin embargo, da un peso especial a las últimas pruebas ordenadas por la Sala el pasado jueves, la radiografía y la tomografía axial computerizada (TAC) de sus dos clavículas. El resultado de ambas -cuyo objetivo es analizar la osificación de ambos huesos, que aumenta con la edad- lleva a la conclusión de que Abdu Willy tiene una edad mínima de 19,7 años y máxima de 20,5. "Confrontada la maduración de la clavícula con los diversos estudios de referencia, todos ellos sostienen la conclusión de que el interesado es mayor de 18 años", establecen los magistrados.
Por lo demás, la Sala despeja cualquier duda sobre la competencia de los tribunales españoles y de la Audiencia Nacional para juzgar este caso. En primer lugar porque los delitos se han cometido en un barco de pabellón español que, a todos los efectos, es territorio nacional. Además, la Convención sobre el Derecho del Mar convierte la piratería en un delito de persecución universal para cuyo enjuiciamiento está facultado cualquier Estado.
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