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Reportaje:

Cuarenta mil pesetas de renta mensual por una manzana entera en el centro de Barcelona

Varias edificaciones de Barcelona, valoradas en más de mil millones de pesetas, y arrendadas por la exigua cifra de 40.000 pesetas al mes, se hallan pendientes de un litigio en el que están implicadas las empresas de distribución cinematográfica, Balcine, S. A. -cuyo principal accionista es el conocido empresario Pedro Balañá-, y Cines Unidos, S. A. (Cinusa). El conflicto se refiere a la adjudicación arrendaticia de los citados inmuebles, propiedad de la fundación benéfica Roca i Pi de Badalona, situados en la calle de Caspe, números 1 al 13, junto al paseo de Gracia, en el mismo centro de Barcelona.

El legado Roca i Pi está destinado enteramente a mantener el único asilo de ancianos de Badalona, localidad del cinturón industrial barcelonés, con una población actual de 200.000 habitantes. Una larga cadena de arriendos y subarriendos de los locales, improductivos para la fundación, impiden, sin embargo, que esta gran fortuna sea suficiente para la supervivencia de 72 ancianos.El mencionado conflicto judicial -pendiente hoy de su resolución por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo- afecta, entre otros inmuebles, al cine Novedades, la sala de exhibición cinematográfica de mayor capacidad de Barcelona. Se encuentra asimismo en discusión la adjudicación arrendataria del hotel Barcelona y el aparcamiento Novedades. Dichos inmuebles ocupan prácticamente una manzana de superficie, produciendo apenas una renta mensual de 40.000 pesetas. Su exigua rentabilidad se explica por una larga cadena de operaciones mercantiles consentidas durante largos años por el Patronato de la Fundación Roca i Pi. La gestión de éste patronato está encomendada a la parroquia de Santa María de Badalona, la cual, recibe a su vez, las correspondientes indicaciones del Arzobispado de Barcelona

Las rentas no han revertido en la fundación

Aunque la situación del inmueble Roca i Pi -hoy valorado en mil millones de pesetas- favorece su explotación, sus rentas no han revertido nunca totalmente en la fundación. En efecto, una larga cadena de subarrendamientos e intermediarios producida con consentimiento expreso del patronato desde 1918 hasta 1977, originó la improductividad del legado, cuyas rentas ni siquiera alcanzaron a mantener el pequeño asilo de Badalona. Cabe señalar, por ejemplo, que mientras el subarrendatario Balcine, S. A. (propietario del cine Novedades), pagaba en 1979 una renta mensual de 700.000 pesetas, la fundación percibía por el arrendamiento sólo 35.000 pesetas al mes. En igual situación se encuentran el hotel Barcelona y el aparcamiento Novedades. Junto a éstos existen otros locales comerciales en el mismo régimen de subarriendos sucesivos encontrándose, al menos, un bingo, una bolera, una sala de fiestas, una sastrería, un local de futbolines, una relojería y una tienda de antigüedades. A los perjuicios de esta explotación cabe añadir que el patronato no gestionó en forma debida las exenciones fiscales.Varias asociaciones de la tercera edad, partidos políticos y, en especial, la Joven Cámara Económica de Badalona han efectuado repetidas gestiones ante el patronato de la fundación con la finalidad de democratizar su gestión y hacer rentable el patrimonio. En la actualidad, el órgano de gestión del legado Roca i Pi está todavía constituído por un patronato en el que participan el rector y el vicario de la parroquia Santa María de Badalona, directamente asesorados por el Obispado de Barcelona. El juez de distrito de Barcelona, Antonio Lligoña, nombrado por el último alcalde franquista de Badalona, es el tercer miembro del patronato.

Desde la muerte, en 1969, de la viuda del arrendatario original de los locales, Elvira Cifuentes, se agudizaron las extrañas operaciones de sucesivos subarrendamientos. En los mismos aparece con carácter contractual un personaje, Ramón Sanchís de los Santos, cuya presencia es una extraña constante en varias operaciones de esta índole. Sanchís -estrechamente relacionado con el Arzobispado de Barcelona- es incluso uno de los tres firmantes de precontratos de arrendamiento a quienes en octubre de 1979 el patronato adjudicó súbitamente el alquiler de los locales, tras haber desahuciado judicialmente a sus anteriores ocupantes, entre los que él mismo se encontraba como subarrendatario.

En 1977 el patronato había presentado ante el Juzgado de Barcelona una demanda de desahucio por expiración del término pactado. El Tribunal Supremo, en casación, confirmó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Barcelona en marzo de 1979, dando lugar al desahucio de los arrendatarios teatro Novedades, aparcamiento Novedades y hotel Barcelona. La sentencia no afectaba a los subarrendatarios, contra quienes no se interpuso demanda. Tres meses después aparecen de nuevo operaciones secretas del patronato, quien, de forma súbita y sin cubrir el tramite de información pública, firmó tres precontratos de arrendamiento con otra empresa cinernatográfica, Cinusa, con el hotel Barcelona y con los propietarios de estos últimos, a los que se añade Ramón Sanchís, para la explotación del aparcamiento. En todos ellos se contemplaba también el derecho de subarriendo.

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En el momento de suscribirse los mencionados precontratos no se había procedido al lanzamiento del desahuciado arrendatario del teatro Novedades, cuyo propietario, el industrial Pedro Balañá, titular a su vez de otra gran distribuidora cinematográfica, Balcine, S. A., realizó entonces una oferta superior en renta mensual y donativo inicial a la concertada con Cinusa por el patronato. Las consecutivas ofertas económicas de Balañá y Cinusa se realizaron con intervención de las asociaciones ciudadanas, demostrando así que la rentabilidad del patrimonio Roca i Pi es posible.

Esta competitividad ofreció a la ya complicada historia de la fundación nuevos conflictos tras la denuncia efectuada por la Joven Cámara de Badalona al Gobierno Civil de Barcelona y al Ministerio de Sanidad de los mencionados precontratos. Una resolución de este último organismo dejó sin efecto la última operación mercantil realizada por el patronato con los muchos arrendatarios, reclamando una adjudicación pública de los locales mediante concurso-subasta. Este concurso no pudo, sin embargo, realizarse a consecuencia del recurso contencioso- administrativo interpuesto por los firmantes de los citados precontratos en julio de 1980, que se halla todavía pendiente de resolución por el Tribunal Supremo, tras una primera sentencia de la Audiencia Nacional, contraria a las citadas adjudicaciones, en diciembre de 1981. El concurso público para la adjudicación de los alquileres se halla, desde entonces, en suspenso.

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