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El juez decreta libertad provisional sin fianza para el agresor de una menor en Barcelona

El Poder Judicial investigará la actuación del juez que dejó libre al joven por la ausencia del fiscal

PERE RÍOS - Barcelona - 25/10/2007

 
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Sergi Xavier Martín Martínez, de 21 años, seguirá en libertad. El juez de Sant Boi de Llobregat (Barcelona) le acusa de un delito contra la integridad moral porque el pasado 7 de octubre profirió insultos racistas contra una joven ecuatoriana de 16 años y le propinó una patada en la cara cuando viajaban en un tren. Sin embargo, el juez considera que los hechos no revistan la gravedad suficiente como para ordenar su encarcelamiento en un auto judicial dictado la pasada noche.

Por el contrario, el juez acuerda que Martín comparezca dos veces al día ante la policía local de Santa Coloma de Cervelló, la localidad en la que reside, entre las 10 y las 11 horas y entre las 18 y las 19 horas. También le obliga a acudir al juzgado los días 1 y 15 de cada mes y le prohíbe acercarse a la víctima a una distancia no inferior a mil metros. Igualmente le prohíbe desplazarse a ninguna otra localidad que no sea Sant Boi o Santa Coloma de Cervelló sin permiso judicial, así como a utilizar cualquier línea de tren de los Ferrocarrils de la Generalitat que pase por ese municipio.

El fiscal y el abogado de la menor contratado por el Gobierno de Ecuador habían solicitado la prisión de Martín argumentando el riesgo de fuga y la posibilidad de que reincida y vuelva a atacar a la víctima. El magistrado Eduardo Gómez López, considera, sin embargo, que no se ha podido demostrar ese riesgo de fuga y que el hecho de que esté en paro “no debe suponer una mayor probabilidad de huida”. También recuerda el juez que la menor es una testigo protegida y que no va a conocerse ningún dato de ella. Por ello, entiende que la agresión es “un hecho puntual”, si bien califica el hecho de “deleznable y repugnante desde el punto de vista social como legal”.

La decisión judicial conocida poco antes de las 22 horas ratifica la orden de libertad que adoptó el pasado día 20 el juez de guardia de la misma población, José María Prado Albalat. El servicio de inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto una información previa para esclarecer la actuación de ese juez. Entonces existía una prueba de cargo como es el DVD captado por una cámara de seguridad de los Ferrocarrils de la Generalitat en el que se aprecia claramente la agresión. Pero hace unos días el fiscal no acudió a la declaración, porque el juez no le avisó. Ni se había filtrado a la prensa el DVD.

La decisión judicial se produjo después de que el juez tomase declaración a la víctima, al acusado y al testigo que presenció la agresión. El atestado que la Guardia Civil entregó al juzgado el pasado día 20 contenía la declaración de la menor ecuatoriana en la que se relataban los insultos racistas. Es lo que el artículo 173 del Código Penal considera un delito contra la integridad moral por trato degradante, que se castiga con penas de seis meses a dos años de cárcel.


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