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Chamizo pide que se revise la autorización a Cobre Las Cruces

El defensor del pueblo considera la queja de los ecologistas suponen "pruebas sustanciales" para el impacto ambiental

Los servicios jurídicos de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, liderada por José Chamizo, han resuelto una queja de la asociación Ecologistas en Acción en la que recomiendan a la Agencia Andaluza del Agua, dependiente de Medio Ambiente, revisar de oficio la autorización de las obras, instalaciones y actividades de operación del sistema de drenaje-reinyección en los términos municipales sevillanos de Gerena, Guillena y Salteras con motivo del Plan Global de Minas Las Cruces.

En la resolución, el Defensor del Pueblo recuerda que la queja de los ecologistas sostenía que las modificaciones que Cobre Las Cruces solicitó en la autorización "suponen cambios sumamente sustanciales" con respecto al proyecto minero que fue sometido a Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que éstas deberían someterse a una nueva evaluación.

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Ello posibilitó que la queja fuera admitida a trámite y diese comienzo el procedimiento, como resultado del cual Medio Ambiente informó al Defensor de la existencia de dos permisos medioambientales y la necesidad de esperar el pronunciamiento de la Agencia Andaluza del Agua sobre el plan global para ver si las modificaciones suponen cambios sustanciales de la autorización.

Tras recordar los "presuntos incumplimientos del ordenamiento jurídico" cometidos por la concesionaria, el Defensor señala que la teórica autorización de vertido al dominio público hidráulico del acuífero Niebla-Posadas planteada por Ecologistas en Acción debería llevarse a cabo, pues en el concepto recogido en la ley "en ningún momento se hace referencia a la necesidad de que las aguas objeto del mismo sean calificables como residuales, como concluye la Agencia Andaluza del Agua".

Es más, "aún en el supuesto de que no se comparta esta opinión, lo que no entendemos como justificado es interpretar, como parece hacer el organismo de cuenca, que como las aguas contaminadas son sometidas a un proceso de depuración previo al momento de la reinyección, las mismas pasan a tener unas condiciones de calidad que garantizan la compatibilidad con el dominio público hidráulico, por lo que ya no existe tal vertido", pues dichos sistemas de depuración serían los mismos que habrían sido requeridos por la Junta para conceder la correspondiente autorización de vertido, según la Oficina.

Resulta, para el Defensor del Pueblo Andaluz, "obvio" que se cumple la premisa de que para considerarse vertido las aguas objeto del mismo deben provenir de una actividad humana que les haya incorporado elementos físico-químicos ajenos.

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