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Condenado a seis años de inhabilitación un inspector del Ayuntamiento de Barcelona

Eduard Cabestany ha sido juzgado junto a otras siete personas por corrupción en la concesión de permisos municipales a locales de ocio del Eixample

La Audiencia de Barcelona ha condenado a Eduard Cabestany, inspector técnico de licencias del Ayuntamiento de Barcelona, a seis años de inhabilitación para cargo público por dos delitos de negociciones prohibidas a los funcionarios públicos, así como a 10 meses y 15 días de multa a razón de 50 euros por día.

El tribunal, que juzgó a Cabestany por un caso de corrupción en la concesión de permisos municipales a locales de ocio del Eixample junto a otras siete personas, condena asimismo al ingeniero técnico Ignacio Martí, cuñado del anterior, al también ingeniero técnico Joaquín Quílez y al exfuncionario municipal Julián López Sánchez, a la multa de 10 meses y 15 días como cooperadores necesarios del delito cometido por Eduard Cabestany. El condenado Joaquín Quílez está imputado en otras dos causas judiciales: la de la trama de corrupción vinculada a los prostíbulos Riviera y Saratoga de Castelldefels (Barcelona), y la de las irregularidades en la tramitación de expedientes de apartamentos turísticos del barrio barcelonés de Ciutat Vella.

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Los acusados por esta trama de corrupción han sido, sin embargo, absueltos de los delitos de falsedad en documento oficial, de tráfico de influencias y de obstrucción a la justicia, por los que, en el caso de Cabestany, el fiscal solicitó en el juicio, celebrado el pasado mes de marzo, penas que sumaban cinco años y siete meses de prisión.

La sentencia considera probado que Eduardo Cabestany, que ejercía como inspector técnico de licencias del Ayuntamiento de Barcelona en el Distrito del Eixample desde 2003, conocía su incompatibilidad para ejercer la profesión de ingeniero técnico en el término de Barcelona. Pese a ello, "hizo caso omiso de la misma e intervino repetidamente, de modo directo en ocasiones y por medio de personas interpuestas en otras, en el asesoramiento a particulares y en la elaboración de la documetación necesaria y tramitación para la solicitud de licencia de actividades, a presentar en el departamento en el que ejercía su función, o en la regularización de otras que habían sido denegadas".

En este sentido, la sentencia añade que desde su puesto en el Ayuntamiento de Barcelona "intervenía en la tramitación e informe de solicitudes de licencias de actividades que procuraba asignarse para, en connivencia con otras personas, conseguir celeridad en su aprobación, o la aprobación misma, obviando trámites o requisitos legales u obviando defectos que la impedirían o que la habían impedido".

Desde su despacho particular "EIE-enginyeria", situado primero en Ronda de Sant Pere y después en la calle deDuquesa d'Orleans, de Barcelona, realizó diversos proyectos y actuaciones como ingeniero técnico, emitiendo certificados de conformidad de instalaciones, informes sobre obras, memorias para proyectos y otros en diversos establecimientos. Estos documentos, que posteriormente se presentaban ante dependencias municipales para obtener los correspondientes permisos, los firmaba el excuñado de Cabestany, Ignacio Martí Bernat, que es ingeniero técnico, y que ya admitió en el juicio que los firmaba por "confianza y familiarida".

La sentencia considera que las tesis de la acusación que describen los hechos juzgados como si todos los acusados estuvieran de acuerdo y obraran de forma coordinada, "no han obtenido un refrendo probatorio", la Audiencia contempla en la imposición de las penas a los acusados la circunstancia atenuante de dilación extraordinaria del proceso, ya que los hechos se remontan al período comprendido entre los años 2000 y 2004, y el juicio no se celebró hasta marzo de este año.

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