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Reportaje:Controversia política por el 'caso De Juana'

Desenlace inédito tras un proceso extraño

La prisión atenuada para el etarra llega tras un cúmulo de decisiones judiciales contradictorias

La vida del preso o el cumplimiento íntegro de una condena a tres años de cárcel. El Gobierno ha sopesado estas dos posibilidades y ha optado por evitar a toda costa la muerte del etarra Iñaki de Juana Chaos que, en caso de permanecer en prisión y si hubiera sobrevivido a la huelga de hambre, habría cumplido su nueva condena, como muy tarde, el año que viene. Su vida ha valido más, pero el modo de salvaguardarla ha sido tan excepcional como las últimas decisiones judiciales adoptadas con el fin de mantenerlo en la cárcel. De Juana se ha convertido en el primer preso al que se aplica el cumplimiento atenuado de su pena después de que él mismo pusiera en peligro su salud.

Desde febrero de 2005, fecha en que el etarra cumplió su condena a 30 años, su historial delictivo parece haber pesado más que la propia ley por la que se le condenó. De Juana es, sin duda, uno de los terroristas más sanguinarios de la historia de ETA. Como miembro del comando Madrid fue uno de los miembros de la banda que hizo explotar la bomba que acabó con la vida de 12 guardias civiles y dejó malheridas a 58 personas en la plaza de la República Dominicana de Madrid. Sobre sus espaldas pesan además los asesinatos de otros cinco miembros del instituto armado, así como la muerte del vicealmirante Escrigas. Todas sus penas sumaban 2.665 años de los que, según el Código Penal de 1973, con el que se le condenó, sólo cumpliría 30.

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Ese mismo Código permitía la redención de penas por el trabajo a razón de un día de castigo por dos de trabajo, un beneficio penitenciario que, hasta mediados de los noventa, "el colectivo de presos políticos vascos", como se autodenominan los presos de ETA, no aceptaba como norma. Pero desde 1995, según fuentes penitenciarias, los etarras comenzaron a acogerse a él sin que los sucesivos Gobiernos (dos de ellos del PP) hicieran nada para remediarlo. El descontrol bajo el Ejecutivo de Aznar fue tal que a De Juana se le computó por duplicado una redención de 175 días en 2000 por escribir una novela en la vertía todo su veneno contra funcionarios de prisiones y contra "el sistema penitenciario represor español".

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De Juana consiguió de esa manera restar 11 años a su condena. El etarra habría salido de la cárcel en agosto de 2005 si no hubiera sido porque el juez Fernando Grande-Marlaska decretó en enero su prisión a petición del fiscal, por la publicación en el diario Gara de dos artículos titulados El Escudo y Gallizo que se consideraron amenazantes.

En el primero, De Juana mantenía: "Hace años escuché a un muy apreciado compañero chillar con fuerza: 'Sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria'. Sí, sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimiento. O el futuro terminará demostrando sin duda que os quedaréis sin ellas". En el segundo, titulado Gallizo (el apellido de la directora general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo), daba los nombres de seis directores de prisiones a los que acusaba de torturas, pero sin advertirles del mal con que se les amenazaba y a la propia Gallizo, a la que acusaba de promocionar "a los personajes de más triste recuerdo para los presos en general y para el colectivo de presos políticos vascos en particular". Las críticas que en 2000 sirvieron para redimir condena amenazaban ahora con mantenerlo en prisión.

El juez Santiago Pedraz concluyó la instrucción de esos supuestos delitos en junio de 2005 negándose a procesar a De Juana y ordenando su libertad al considerar que de sus artículos no se deducía ninguna amenaza. Pero el fiscal, empeñado en que el etarra no saliera de prisión, recurrió a la Sala Penal, que le dio la razón ordenando a Pedraz que lo procesara. En agosto, al cumplirse su condena, el preso comenzó su primera huelga de hambre, que abandonó al comenzar el juicio (el 8 de octubre).

La nueva condena llegó sólo un mes después: 12 años y siete meses por "amenazas veladas" mediante el "señalamiento" de personas como objetivo de ETA. El preso decide continuar su ayuno y acaba ingresado en el hospital Doce de Octubre de Madrid, donde se le alimenta forzosamente por vía parenteral.

Tres meses después, tras recibir un informe médico en que se avisaba que su vida corría grave peligro, los tres magistrados que lo condenaron estuvieron a punto de concederle la libertad condicional. Sin embargo, la mayoría de los magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia, tras conseguir que fuera ésta en pleno y no la sección que lo juzgó la que decidiera, lo mantuvo en la cárcel.

El último acto de este cúmulo de contradicciones judiciales fue la sentencia del Tribunal Supremo, de la que, hasta el momento, sólo se conoce su fallo y que reduce la condena de 12 a tres años dejando en manos de Instituciones Penitenciarias su posible salida de prisión. El alto tribunal puso fin al proceso al considerar que las amenazas eran "genéricas" y no "terroristas", y que constituían "enaltecimiento del terrorismo".

El Gobierno decidió ayer su prisión atenuada en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que le permite acordar una ejecución de condena específica para un preso determinado. Esa posibilidad se aplica con regularidad en las cárceles españolas, según fuentes de Instituciones Penitenciarias que admiten, sin embargo, que nunca se utilizó antes con un preso en huelga de hambre.

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