- Madrid - 02/01/1984
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad del Estatuto de la Radio y la Televisión, planteada por la Audiencia Nacional, según ha sabido Efe de fuentes jurídicas.La posible inconstitucionalidad se plantea sobre el párrafo 2 del artículo 1 de la ley 4/1980, de 10 de enero, que define a la radiodifusión y a la televisión como Servicios Públicos esenciales cuya titularidad corresponde al Estado. Por ello, es a éste a quien corresponde definir el ámbito y forma en que pueden desarrollarse estos medios.
Este caso fue originado por la solicitud de Luis Maldonado Trinchat, licenciado en Ciencias Políticas, que el pasado 20 de enero pidió la inscripción de una serie de frecuencias de la banda de VHF -con potencia aparente radiada inferior a 1 kilowatio- en el registro de la Presidencia del Gobierno.
Las frecuencias que se intentan inscribir son de alcance local y para las estaciones de Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Bilbao, Zaragoza, Málaga y La Coruña. La finalidad del peticionario era "dar cauce a nuestras inquietudes sociopolíticas".
La petición fue denegada por el subdirector general de régimen de emisoras de acuerdo con el precepto legal ahora cuestionado por la Audiencia Nacional. El interesado considera inconstitucional este precepto, porque la Constitución no permite el monopolio de ningún medio de difusión, y asegura que "la televisión gubernamental, mediante una competencia desleal, retira del mercado (publicitario) la importantísima cifra de 50.000 millones de pesetas".
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