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Galicia, la primera comunidad que regula la producción eléctrica a partir de la biomasa

Las instalacionestendrán una potencia máxima de 10 megavatios.- La Xunta prevé instalar hasta 2012 un máximo de 80 megavatios

El Consejo de la Xunta gallega ha aprobado esta tarde el decreto por el que se regulan las instalaciones de producción eléctrica a partir de la biomasa forestal primaria. La biomasa es la energía solar convertida por la vegetación en materia orgánica que se puede recuperar por combustión directa o transformando la materia orgánica en otros combustibles. Con esta normativa, desarrollada por la Consejería de Innovación e Industria, Galicia se convierte en la primera comunidad autónoma en regular esta materia a partir de la normativa básica del Estado.

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El decreto, consultado y consensuado con el sector, nace con el objetivo fundamental de ordenar la implantación de estas instalaciones de forma que se consigan los objetivos de producción marcados dentro del Plan Energético de Galicia, que prevé, hasta 2012, instalar un máximo de 80 MW eléctricos a partir de biomasa forestal primaria. El documento establece una potencia máxima para cada una de las plantas de 10 megavatios.

El jefe del Ejecutivo gallego, Emilio Pérez Touriño, ha destacado que con la aprobación de esta normativa, la comunidad se convierte en pionera en España ya que el aprovechamiento energético de este tipo de biomasa hasta ahora estaba regido por la normativa básica del Estado. Entre los objetivos se encuentra reducir la dependencia energética del sector poniendo en valor el residuo forestal existente en el monte gallego, así como diversificar las fuentes de energía primaria y contribuir a una política forestal donde la prevención de incendios esté vinculada a labores de prevención a través de la limpieza de los montes y el aprovechamiento energético de residuos.

El decreto recoge la existencia de áreas de gestión de biomasa, que serán definidas en función de la potencialidad del recurso y la logística de la suministración. Estas áreas estarán integradas por un conjunto de ayuntamientos que sirven de base territorial para un plan empresarial de aprovechamiento de biomasa y para la construcción y funcionamiento de una central de biomasa.

La normativa regula asimismo el procedimiento de autorización de las plantas de biomasa, detallando la documentación y requisitos que deben contener las solicitudes, los informes previos necesarios y el procedimiento administrativo para la autorización y puesta en marcha de las instalaciones. Mediante una orden, Innovación e Industria convocará un plazo de presentación de solicitudes de autorización para estas instalaciones y, tras los informes previos de los departamentos de Medio Rural y Medio Ambiente, resolverá su admisión a trámite.

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