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Garzón dice en su auto que los peritos vincularon a ETA con el 11-M "sin sustento alguno"

El juez considera que la posesión de dicha sustancia "carece de relevancia jurídico-penal"

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón afirma en un auto que las referencias al ácido bórico en un informe pericial "no respondía al interés de sugerir la investigación de hechos relacionados, ya que eran inexistentes" sino que pretendían "generar una apariencia sin sustento real alguno que vinculara a la organización terrorista ETA con los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid". Así lo asegura el juez en una resolución notificada a primera hora de esta tarde, en la que acuerda concluir la investigación sobre el ácido bórico hallado en la vivienda de uno de los procesados por el 11-M, Ahssan El Haski.

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En el auto, con el que archiva la pieza separada en la que investigaba a El Haski por su presunta vinculación con los atentados perpetrados en Casablanca en 2003, Garzón no amplía la imputación contra él, ya que considera que la posesión de dicha sustancia "carece de relevancia jurídico-penal". De hecho, Garzón se refiere en su escrito a este tipo de ácido como sustancia "utilizada para matar cucarachas". El titular del Juzgado de Instrucción número 5 también señala que las referencias al hallazgo de ácido bórico en un piso de ETA que se incluyeron en el documento suscrito por tres peritos de la Policía Científica el 21 de marzo de 2005 fueron oportunamente eliminadas por sus superiores y que, además, esta medida era la única "legal y posible" de acuerdo con las normas de calidad vigentes en la Comisaría General de la Policía Científica.

El magistrado, al que el CGPJ ha negado hoy el amparo ante las críticas recibidas por este caso, señala también que el informe, publicado por El Mundo, fue extraído "del único original fabricado por Manuel Escribano y al que sólo él tenía acceso", en referencia a uno de los tres peritos de la Policía Científica a los que imputó por falsedad. El juez asegura que las conclusiones del informe están sustentadas "en simples elucubraciones" y que carecen de la más mínima base científica, y añade que los peritos omitieron "datos relevantes cuya presencia habría supuesto la inocuidad de aquellas observaciones y, dentro de ellas, la del ácido bórico como sustancia explosiva". Garzón recuerda que en el domicilio de El Haski no había ninguna otra sustancia que unida a ésta "indujera a pensar en un uso diferente al doméstico" y dice que los peritos no explicaron que el ácido bórico "no es sustancia explosiva ni incendiaria", pese a que dos de ellos así lo habían afirmado en un informe del año 2000.

El origen de la filtración

Según el juez, "la no inclusión, precisamente de este informe, en las observaciones del documento no es una omisión casual por parte de quien hizo el informe (...), sino perfectamente meditada por aquél porque de su presencia o no dependía poder mantener o no la posibilidad" de la existencia de una conexión "entre ETA y organizaciones terroristas islamistas o yihadistas". Los informes policiales recabados por el magistrado revelan que no hay ningún dato "que permita afirmar que el ácido bórico haya tenido algún uso como elemento de sustancia explosiva hasta la fecha en España". De hecho, el hallazgo de ácido bórico en 2001 en un piso franco de ETA en Salamanca, citado por los peritos en su informe, ni siquiera se comunicó al Juzgado que instruyó los hechos "ante la ausencia de conexión con el objeto investigado, ya que está acreditada que era un producto de higiene".

Así, Garzón concluye que las observaciones fueron "mutiladas" con el objeto de "producir, presuntamente, un efecto extraño a la propia finalidad del informe pericial" y que los peritos no se ocuparon de profundizar sobre la naturaleza del ácido bórico como sustancia explosiva, "sino en resaltar la hipotética y artificial conexión" entre ETA y El Haski. El auto añade que dado que al menos dos de los peritos sabían desde 2000 de la inocuidad del ácido bórico y no lo reflejaron en su informe, "habrá que preguntarse sobre el alcance de esas omisiones". El magistrado, además, avala la actuación de los superiores de los tres peritos, que el 21 de marzo de 2005 rechazaron su informe y al día siguiente entregaron al juez que investigaba el 11-M otro sin las observaciones.

"La eliminación de las referidas observaciones (...) era no sólo oportuna sino necesaria, porque ni eran ciertas ni científicamente eran sostenibles", dice Garzón, que añade que quien visó el informe "tenía la obligación de cumplir esas normas de control de calidad de la Comisaría General de Policía Científica (...) y ello aunque no se hubiera sugerido la posible conexión ETA-islamistas". La resolución analiza también el camino que recorrió el informe -del que Garzón afirma que nunca alcanzó la categoría de oficial- hasta su publicación en El Mundo, y dice que el documento "sólo estaba en el disquete" intervenido el pasado 29 de septiembre en un cajón de la mesa de Manuel Escribano, "disponiendo él de la única llave de acceso".

Según el juez, el 11 de julio Escribano "fabricó un nuevo original de dicho documento" y lo pasó a la firma de los otros dos peritos, Isabel López y Pedro Manrique, que aceptaron suscribirlo sin modificar la fecha que figuraba en él -21 de marzo de 2005- y sin comunicar esta circunstancia al mando policial al que hicieron entrega de una fotocopia. Garzón agrega que "una vez creada la apariencia documental y presentada oficialmente fue puesto en circulación mediante su envío a El Mundo en fecha que no consta, pero entre el 11 de julio y el 21 de septiembre de 2006", cuando el periódico lo llevó a su portada bajo el titular de "Interior falsificó un documento para ocultar al juez lazos entre el 11-M y ETA".

Después de la publicación, dice el magistrado, los peritos ya sólo tenían que demostrar que estaban en posesión del informe original supuestamente censurado por sus superiores, y para ello Isabel López aportó este documento en su declaración ante Garzón del 28 de septiembre. "Lo único no previsto es que a preguntas del instructor -Garzón-, la perito reconociera, y después los otros dos testigos, la firma de ese documento (de fecha 21.03.05) el 11 de julio de 2006", dice el auto, que añade que "por tal motivo, concluidas las declaraciones de los demás testigos y suspendidas las de aquellos, se dictó auto de imputación para prevenir sus derechos".

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