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Garzón no impone medidas cautelares a Dorado y Bayo pese a procesarlos por tres asesinatos de los GAL

Los dos guardias cumplen ahora prisión tras ser condenados a 71 años por el 'caso Lasa-Zabala'

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón dejó ayer en libertad, sin imponer medidas cautelares, a los guardias civiles Enrique Dorado y Felipe Bayo, a los que ha procesado como autores de tres asesinatos consumados y uno frustrado que fueron reivindicados por los GAL. Los dos agentes, sin embargo, seguirán en prisión cumpliendo la condena de 71 años de cárcel que les fue impuesta por su participación en los secuestros y asesinatos de los etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala.

Un año después de que el Tribunal Supremo declarase firme la sentencia por ese proceso, Dorado y Bayo se encuentran clasificados en segundo grado; Bayo ya ha disfrutado de seis permisos y Dorado tiene concedido uno que había quedado en suspenso hasta que Garzón se pronunciase, porque en el caso de que el juez hubiese acordado la prisión preventiva, los dos reclusos habrían perdido sus beneficios penitenciarios.

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El magistrado ha basado su decisión en que 'después de seis años de instrucción no existen datos o elementos objetivos que hagan pensar en que los procesados puedan eludir la acción de la justicia, máxime si se tiene en cuenta que están privados de libertad por otra causa, y aunque ello no es obstáculo para decretar la medida de prisión, es lo cierto que no existe riesgo de reiteración delictiva'. Precisa el juez que los hechos por los que ha procesado a Dorado y Bayo -los asesinatos de los etarras Vicente Perurena y Ángel Gurmindo y del ciudadano francés Christian Olazkoaga, así como el asesinato frustrado del hermano de este último, Claude Olazkoaga,- ocurrieron hace 17 años y ya ni siquiera existe la organización en cuyo seno, presuntamente, se cometieron los asesinatos. Garzón agrega también que no aprecia que ninguno de los procesados pueda obstaculizar las investigaciones.

Imputación grave

Finalmente, el juez reconoce que la imputación contra Dorado y Bayo es 'grave', pero puntualiza que éste es el único de los requisitos previstos en los artículos 503 y 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para acordar la prisión preventiva que concurre en este caso y, por tanto, concluye que debe mantener la situación de libertad que Bayo y Dorado disfrutan en esta causa.

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Teodoro Mota, abogado que ejerce la acción popular en este proceso, afirmó que considera que la libertad de Dorado y Bayo constituye un agravio comparativo, con respecto a otros reclusos que se encuentran en prisión por delitos mucho menores. Mota pidió la prisión incondicional para ellos por estar acusados de tres asesinatos consumados y explicó que es usual que se decrete la prisión de los terroristas en varios procesos al mismo tiempo.

Dorado y Bayo llevan en prisión ininterrumpidamente desde 1992 aunque por diferentes procesos. Ambos fueron condenados por el atraco a una boutique en Irun, y por torturas a un detenido en el País Vasco. En mayo de 1996, el entonces juez Javier Gómez de Liaño les encarceló preventivamente por su participación en el caso Lasa-Zabala.

Dorado se encuentra preso en Madrid 2, esto es en la cárcel de Alcalá Meco, ya que perdió la condición de militar. Bayo, sin embargo, continúa en una prisión militar porque previamente había sido dado de baja del Ejército.

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