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El acoso al juez Garzón

"Imaginación creativa" o delito permanente de derecho internacional

La Justicia europea ha restringido leyes de amnistía sobre crímenes universales

Natalia Junquera

El instructor del caso por prevaricación contra el juez Baltasar Garzón, el magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela, sostiene que fue la "imaginación creativa" del juez de la Audiencia la que le llevó a declararse competente para investigar los crímenes del franquismo, cuarteando así "principios esenciales del Estado". Pero el derecho y la jurisprudencia internacional de tribunales como el Europeo de Derechos Humanos muestra que Garzón no es, ni mucho menos, el único juez que ha restringido la aplicación de leyes de amnistía para juzgar delitos como las desapariciones forzadas, los asesinatos masivos o el secuestro sistemático de niños. Otros jueces han interpretado también que la inexistencia de los responsables de un crimen (por fallecimiento o porque se hallaran en otro país) no exime a la justicia del deber de ofrecer una tutela judicial a las víctimas

Más de 30 países se han planteado este debate jurídico en los últimos años
Otros jueces han interpretado la ley de forma amplia para tutelar a las víctimas
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Más de una treintena de Estados se han planteado este debate jurídico en los últimos años a la hora de revisar su pasado más trágico para destapar los crímenes cometidos en guerras o dictaduras, reparar a sus víctimas y condenar a sus verdugos.

- Los argumentos de Garzón. El 16 de octubre de 2008, el juez Garzón se declara competente para investigar lo que considera un plan sistemático de exterminio de rojos por parte de Franco, es decir, un crimen contra la Humanidad. Argumenta que los secuestros con desaparición de personas -lo que hacían los falangistas cuando iban a buscar a sus casas a las víctimas para darles el paseo- son delitos permanentes hasta que no se averigüe su paradero y por tanto, ni prescriben ni pueden ser amparados por una ley de amnistía. Garzón considera responsables a Franco y a otros 34 generales y ministros y solicita sus certificados de defunción. Reclama al Ministerio del Interior la identificación de los máximos dirigentes de Falange entre 1936 y 1951 y autoriza 19 exhumaciones solicitadas por las asociaciones, entre ellas, la de la fosa de Lorca.

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- La ley de Amnistía (1977). El artículo primero de la ley afirma que quedan amnistiados: "Todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día 15 de diciembre de 1976. Todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el 15 de diciembre de 1976 y el 15 de junio de 1977, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España. Todos los actos de idéntica naturaleza e intencionalidad a los contemplados en el párrafo anterior realizados hasta el 6 de octubre de 1977, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas".

- El Derecho internacional. La desaparición forzada es un delito de ejecución permanente, que sigue cometiéndose mientras se mantenga la detención o desaparición. Así lo recoge Naciones Unidas en su Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, ratificada por España: "Todo acto de desaparición forzosa será considerado delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero de la persona desaparecida y mientras no se hayan esclarecido los hechos". Y así lo ha aplicado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a la hora de restringir leyes de amnistía cuando se ha ocupado de casos de desapariciones forzadas, por ejemplo cuando confirmó en 2009 la condena de la justicia francesa al mauritano Ely Ould Dah por torturas pese a que éste no estuvo presente en el proceso y pese a una ley de amnistía en Mauritania.

- Argentina, Chile y Marruecos. Argentina anuló las leyes de Obediencia Debida y Punto final (similares a una amnistía), juzgó y condenó a los represores de la dictadura (1976-1983). En Chile, los represores han sido juzgados y condenados. El Gobierno creó una comisión de investigación de los crímenes cometidos durante la época de Pinochet. Las primeras excavaciones de fosas comunes comienzan durante la dictadura de Pinochet (1973- 1990), lideradas por la Iglesia. Familiares de más de 3.000 ejecutados y de casi 30.000 torturados reciben pensiones económicas y servicios gratuitos. En Guatemala también han sido juzgados ex militares por desapariciones forzadas durante la guerra entre 1960 y 1996. El Estado corre con los gastos de las exhumaciones en cementerios clandestinos e indemniza a las víctimas. Cuenta con el apoyo de la Iglesia.

En Marruecos, el rey Mohamed VI creó el equivalente a una comisión de la verdad para investigar las desapariciones, detenciones, torturas, violaciones y ejecuciones cometidas entre 1956-1999. La comisión recomendó en sus conclusiones pedir perdón a las víctimas, que sí fueron indemnizadas. Suráfrica reconoció los terribles crímenes en audiencias públicas. No juzgó a los culpables. Estableció medidas de compensación económica para las víctimas, difíciles de cumplir en el contexto de pobreza del país.

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Sobre la firma

Natalia Junquera
Reportera de la sección de España desde 2006. Además de reportajes, realiza entrevistas y comenta las redes sociales en Anatomía de Twitter. Especialista en memoria histórica, ha escrito los libros 'Valientes' y 'Vidas Robadas', y la novela 'Recuérdame por qué te quiero'. También es coautora del libro 'Chapapote' sobre el hundimiento del Prestige.

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