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Sentencia histórica contra el terrorismo

"KAS era parte de las entrañas de ETA y Ekin, su corazón", según la Audiencia

La condena a 47 integrantes o colaboradores de la banda terrorista desmonta sus aparatos político, internacional, financiero, mediático y de desobediencia civil

Ángela Murillo, la presidenta del tribunal de la Audiencia Nacional que ha juzgado el caso Ekin, lo dejó muy claro: "La Koordinadora Abertzale Socialista (KAS) no constituía solo un conjunto de organizaciones satélites que giraban alrededor de la organización terrorista ETA, no. Era mucho más que eso, era parte de las entrañas de ETA, conformando la dirección de uno más de sus frentes, junto al armado y el político, llamado por la misma organización terrorista 'frente de masas' y 'frente mediático' al que tanta y tanta importancia dispensaba esta organización, considerándolo de vital importancia sobre todo a la hora de actuar en conjunción con la lucha armada".

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La magistrada destacó que "Ekin no es en realidad otra cosa distinta que la misma KAS disfrazada, eso sí bajo el manto de aparente legalidad que ya no responde a las siglas KAS". Ese disfraz fue adoptado después de que Baltasar Garzón declarase ilícitas sus actividades en 1998. Pero KAS siguió actuando bajo el manto de Ekin, ya que "integra una parte esencial de la organización terrorista ETA, no siendo simplemente una organización que le preste su apoyo, que esté en su entorno, sino que está en su corazón, exactamente igual que KAS".

Espaldarazo a Garzón

La decisión de los tres magistrados de la Audiencia Nacional, Ángela Murillo, Luis Martínez de Salinas y Nicolás Poveda, constituye un espaldarazo a las tesis defendidas por el juez Baltasar Garzón y el fiscal Enrique Molina de que ETA no son sólo sus comandos.

La sentencia se basa fundamentalmente en los documentos ocupados a dirigentes de ETA, como José María Dorronsoro Malaxetxeberria, en Bidart (Francia), en 1993, en el que se detalla el Proyecto Udaletxe, un plan de actuación para todas las estructuras de la izquierda abertzale para actuar bajo la dirección de La Vanguardia, es decir, de ETA.

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Así, no hay que pertenecer al aparato militar para ser de ETA, puesto que se puede participar en distintas estructuras de la banda terrorista, como los aparatos políticos -KAS y Ekin-, de relaciones internacionales -XAKI-, mediático -Orain, Egin, Egin Irratia, Ardatza, Erigane, Hernani Inprimategia-, financiero -Gadusmar, Ganeko, Itxas Izarra- o de desobediencia civil -Fundación Joxemi Zumalabe- .

La presidenta destacó que la denominada "Asociación Europea XAKI no es, ni más ni menos, que el aparato de relaciones internacionales de la organización terrorista", desempeñando sus funciones en París, Bruselas y América latina.

El tribunal considera acreditado también que el diario Egin y la emisora Egin Irratia, así como la empresa Orain, que tenía la propiedad de los citados medios de comunicación, estaban dirigidos por ETA.

La sentencia dedica un amplio apartado en señalar que Xabier Salutregi y Teresa Toda, últimos director y directora adjunta de Egin, fueron designados por la dirección de ETA y que para ello tuvieron una reunión orgánica que duró tres días en un hotel en Francia en febrero de 1992 con José Luis Álvarez Santacristina, Txelis, por entonces ideólogo de la banda y posteriormente expulsado de la organización terrorista por postular el fin de la lucha armada.

La sentencia dice textualmente que a partir de 1992 "Egin llegó a estar plenamente subordinado, tanto en sus funciones como en su organización a la estrategia global de ETA, si bien bajo la cobertura aparente de ser un periódico plural e independiente. Sin embargo, la organización terrorista imponía sus directrices en el funcionamiento y organización del grupo editor, transmitiendo las mismas a través de claves directas de comunicación". A su vez, "la dirección de ETA recibía puntuales informes sobre el estado del grupo empresarial y luego emitía las oportunas instrucciones a los emisores de los informes, llegando a supervisar la designación de los cargos de los Consejos de Administración e incluso a decidir el nombramiento del equipo de dirección del diario".

Egin, según la sentencia, "avisaba públicamente de la puesta en marcha de operaciones policiales dirigidas contra ETA o sus grupos de apoyo permitiendo así conocer al resto de colaboradores dicha circunstancia y con ello eludir la acción policial". Además, disponía de secciones como Merkatu Txikia (Pequeño Mercado) y Agurrak (Saludos) que eran "habitualmente utilizadas por los miembros y responsables de ETA para el mantenimiento de contactos, tanto entre militantes de la organización armada como entre éstos y sus responsables".

La sentencia dedica también un amplio espacio a la Fundación Joxemi Zumalabe, que según el criterio de los magistrados, "impulsó la desobediencia civil colectiva como forma de lucha complementaria".

El argumento empleado, como consta en el documento Piztu, confeccionado por el condenado y huido Miguel Ángel Zuloaga, es que si con las acciones guerrilleras (acciones armadas) fue posible desestabilizar al Estado opresor (Estado Español), "¿por qué no volverles locos con las acciones desobedientes, para que no pudiéndonos hacer nada, les rompamos en los morros su propia legalidad?".

El caso es que el documento fue suavizado por miembros de la Fundación Joxemi Zumalabe y fue incautado a miembros de la cúpula de ETA. Por tanto, según el tribunal, la citada fundación no formaba parte de la organización terrorista, pero colaboró con la misma en el impulso de la desobediencia civil.

A la lectura de la sentencia no comparecieron tres de los condenados que se encuentran en ignorado paradero, el propio Zuloaga, Inmaculada Berriozábal y Nekane Txapartegi.

El abogado Txema Matanzas hace un gesto de burla instantes antes de la lectura de la sentencia del <i>caso Ekin.</i>
El abogado Txema Matanzas hace un gesto de burla instantes antes de la lectura de la sentencia del caso Ekin.REUTERS
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Familiares de los acusados son desalojados del pabellón de la Audiencia Nacional en la Casa de Campo.ULY MARTÍN
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Condenados, huidos y libres

- Mikel Zuluaga, Nekane Txapartegi e Inma Berriozabal son los tres únicos condenados que no han sido detenidos. Están en búsqueda y captura. A pesar de haber una orden de detención contra ellos, Nekane Txapartegi e Inma Berriozabal asistieron el pasado día 2 de diciembre a una manifestación convocada en Bilbao por Askatasuna en solidaridad con los acusados.- José Luis Elkoro, sobre el que ha recaído la mayor pena (24 años), no ingresará en prisión por motivos de salud. El que fuera uno de los fundadores de Herri Batasuna, de 72 años, rehusó participar ayer en el alboroto que provocaron varios acusados del juicio.- El juicio comenzó el 21 de noviembre de 2005, con 56 acusados en el banquillo, pero terminó, después de 126 jornadas con 52, después del fallecimiento del ex dirigente de la izquierda abertzale Jokin Gorostidi; de la exclusión por motivos de salud de Iñigo Elkoro y José Ramón Aranguren, y de que el fiscal decidiese retirar la acusación que pesaba sobre José Ignacio Uruñuela.

La lucha armada no se suspende por una tregua

La sentencia del caso Ekin detalla, según los documentos incautados a ETA en 1994, que la lucha armada no se suspende por la vigencia de una tregua, pues lo único que queda en suspensión es el accionar armado.En uno de esos documentos, ETA explica que durante los procesos negociadores con el Gobierno deben continuar otros tipos de lucha, como por ejemplo, la de masas. ETA señala que KAS en todo momento debe arropar y nutrir a la lucha armada, siendo imprescindible la correcta interrelación entre ambas, sobre todo en las fases de tregua, de cara a mantener la presión que un suspenso del accionar armado pudiera conllevar. Por ello, exige de KAS la dirección política que permita la participación de sectores de masas en la lucha del MLNV.

Había una "caja común" de la que Otegi recibió pagos

La sentencia recoge que la contabilidad encontrada en los ordenadores incautados a los procesados demuestra que existía una caja común para varias de las estructuras dependientes de ETA y había trasvase de fondos entre ellas, por ejemplo: Herri Batasuna, Gestoras, Askapena, Jarrai, LAB o Xaki. Lo dijo Mikel Egibar en su declaración y los datos aparecieron en el ordenador del contable y tesorero de KAS, Vicente Askasibar, ocultos con claves numéricas.Askasibar reconoció que pagaba los sueldos y gastos de los liberados, como Arnaldo Otegi, Segundo Ibarra, Paul Asensio, Mikel Oyarzun, Elena Beloki, Félix Ibarra o José Luis García Mijangos.

La trainera de KAS estaba patroneada por ETA

La sentencia reproduce una portada del boletín 69 de ETA, Zutabe, donde puede apreciarse que la trainera de KAS está patroneada por ETA, y las demás organizaciones no siguen sino el ritmo que ésta marca.Los procesados han dicho que KAS desapareció en 1995, y que cuatro años después nació Ekin, sin ningún tipo de parecido con la anterior. La sentencia dice: Eso es radicalmente incierto. Una imagen vale más que mil palabras.

El tribunal abre un proceso contra dos de los abogados

El tribunal ha deducido testimonio contra los abogados José María Elosua y Jone Goirizelaia por haber acusado de malos tratos sin prueba alguna a varios funcionarios, agentes de la Guardia Civil. Ello quiere decir que avala la apertura de una investigación a los letrados para depurar las responsabilidades correspondientes.Los magistrados han criticado la actitud rupturista de los acusados, que durante todas las sesiones intentaron paralizar este juicio para siempre.

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