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El Gobierno estudia ampliar la gratuidad de la justicia y suprimir el pago de las tasas en metálico

La Comisión de Subsecretarios estudió el martes un anteproyecto de ley de Tasas Judiciales, en el que se establece la gratuidad de la justicia para los procesos civiles en cuantía de hasta 500.000 pesetas y en todos los relativos al estado civil de las personas. El anteproyecto suprime también el pago en metálico de las tasas judiciales y lo sustituye por efectos timbrados o papel de pagos al Estado. Según fuentes próximas a la Comisión, el anteproyecto quedó aparcado para nuevo estudio y no se debatirá en el Consejo de Ministros de mañana porque prevaleció el criterio de aumentar los márgenes de gratuidad.La doble idea de suprimir las tasas abonadas en metálico, para evitar corruptelas en la Administración judicial y la de ampliar los límites de gratuidad para los ciudadanos que acuden ante los tribunales ha sido estudiada desde hace tiempo por el Ministerio de Justicia.

Antes del verano de 1985, la idea de hacer gratuitos los procedimienrtos judiciales hasta una determinada cuantía chocaron, según las mismas fuentes, con serias resistencias por parte del Ministerio de Economía y Hacienda y, concretamente, de su titular, Miguel Boyer, que argumentaba contra la pérdida que esos ingresos supondría para Hacienda.

En la reunión de subsecretarios parece que se abrió camino una tesis distinta y más favorable a la gratuidad, aunque otra fuentes consultadas no descartan que la Comisión de Subsecretarios formulase objeciones de tipo técnico al proyecto e incluso exigiese una mayor ponderación a la hora de cuantificar el coste real que supondría a la recaudación del Estado la implantación de esta medida.

Según se ha sabido, el anteproyecto elaborado por el Ministerio de Justicia establece que las tasas judiciales se pagarán mediante efectos timbrados o papel de pagos al Estado "que se unirán al escrito que origine la deuda tributaria". Si no fuese así, los secretarios judiciales practicarán la liquidación de costas que habrá de abonarse en el plazo de tres días.

En cuanto a la gratuidad, el anteproyecto fija como exentos de tasas los procedimientos cuya cuantía no exceda las 500.000 pesetas y todos los relativos al estado civil de las personas, como divorcio, separación, alimentos, filiación, paternidad, y también los procedimientos electorales.

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