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SENTENCIA DE LA AUDIENCIA DE HUESCA SOBRE EL CRIMEN DE FAGO

"Mainar buscó de propósito un lugar para asegurar la muerte y su impunidad"

Los magistrados se basan en su confesión y el ADN para condenarlo a 20 años

"El acusado buscó de propósito un lugar donde asegurar la muerte [del alcalde de Fago] y su impunidad". Ése es uno de los argumentos en que se basan los magistrados de la Audiencia de Huesca para condenar al guarda forestal Santiago Mainar a 20 años y nueve meses de cárcel como autor del asesinato del ex alcalde de Fago Miguel Grima el 12 de enero de 2007. La sentencia, hecha pública ayer, relata cómo Mainar preparó la emboscada mortal al regidor en la pista asfaltada que da acceso al pueblo. "El ataque se produjo súbitamente, de noche y sin que la víctima pudiera prever que alguien había colocado las piedras para tener la oportunidad de darle un tiro", explica la resolución. "Las posibilidades de defensa del alcalde fueron nulas".

Además del asesinato, la sentencia considera a Mainar autor de un delito de atentado a la autoridad, ya que mató a Grima "al menos con ocasión de sus funciones", y de otro de tenencia ilícita de armas, porque el asesino carecía de licencia para utilizar la escopeta de cartuchos con la que cometió el homicidio y que, sin embargo, no ha aparecido. Los magistrados dan total credibilidad a la confesión inicial del acusado ante la Guardia Civil de la que luego se desdijo ante el juez de instrucción y en el juicio celebrado en la Audiencia. También subrayan las contradicciones de Mainar a la hora de justificar por qué su ADN apareció en el coche del alcalde. Esto es lo que dice la sentencia sobre esas pruebas.

LA AUTOINCULPACIÓN Pleno valor probatorio

La confesión de Santiago Mainar se produjo en su casa de Fago 20 días después del asesinato, cuando la Guardia Civil lo detuvo al recibir los resultados preliminares de las pruebas de ADN y de residuos de disparo. Además de los cuatro agentes que lo interrogaron, estaba presente un secretario judicial -que da fe pública, como un notario- que había acudido allí para registrar su casa.

Los magistrados otorgan en su sentencia "un valor probatorio pleno a la declaración autoinculpatoria de Santiago Mainar ante la Guardia Civil (...) la tarde del viernes día 2 de febrero de 2004 a lo largo de unas cuatro horas". "Ninguna credibilidad nos merecen sus posteriores declaraciones" en las que se desdijo y trató de exculparse.

"Las explicaciones que dio en el juicio para justificar su cambio de opinión", es decir, que había confesado tras alcanzar un acuerdo con los agentes para que dejaran en paz al resto de vecinos de Fago enemistados con el alcalde, "no son convincentes", según los magistrados. "La autoinculpación de un delito tan grave no guarda proporcionalidad ni lógica con el alivio que para los demás enemigos del alcalde de Fago pudo haber supuesto el cese de la investigación policial como consecuencia de la autoinculpación, a menos que Mainar quisiera en puridad, sin decirlo claramente, exculpar a una persona concreta", continúa la sentencia. "Semejante hipótesis tampoco favorecería al acusado, pues implicaría que él tenía conocimiento pleno de los hechos y, en buena lógica, que ello sería así porque habría intervenido necesariamente en su ejecución, aun en compañía de otra u otras personas".

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"Hay extremos de la [confesión] que difícilmente podrían haber llegado a conocimiento de Santiago Mainar sin haber intervenido en los hechos", mantienen los magistrados. Y citan, por ejemplo, "la rotura de cristales [del coche del alcalde] por el disparo cuando podría haber sido por otro motivo; el origen de los rasguños en el rostro de [el cadáver] de Grima y las características del lugar concreto donde el vehículo fue abandonado", el ensanche de una pista forestal situada monte abajo, hasta donde supuestamente condujo el asesino.

EL ADN DEL COCHE Excusas no convincentes

Los investigadores mantuvieron que la sangre y los restos de ADN de Mainar encontrados en el volante, la palanca de cambios y el freno de mano del coche de Grima, llegaron allí cuando el primero condujo el Mercedes del alcalde hasta el lugar donde lo abandonó, como mantuvo el propio Mainar en su confesión inicial. Los magistrados no creen las versiones exculpatorias que el acusado mantuvo ante el juez de instrucción y durante el juicio.

"No podemos aceptar que el acusado hubiera utilizado hasta en tres ocasiones el coche de Miguel Grima a fin de apartarlo de la entrada de una de sus naves y aprovechando que el Mercedes se encontraba con las llaves puestas", como dijo en el juicio. "Resulta acreditado que el entonces alcalde había tenido dos incidencias con su vehículo: una de ellas el pinchazo intencionado de una rueda; la otra la rotura del sistema de frenado por pérdida de líquido, lo que Miguel Grima relacionó con un acto de sabotaje". Esas circunstancias "habían hecho susceptible al alcalde, por lo que no podemos asumir que aparcara su turismo en cualquier lugar con las llaves puestas, y mucho menos de modo tal que impidiera el acceso a alguna finca de Santiago Mainar, máxime cuando esa circunstancia, dada la enemistad entre ambos, debería haber sido realmente llamativa".

Los magistrados recuerdan que "el acusado mantuvo en su declaración en el Juzgado de Instrucción que la última vez que había entrado en el coche de Grima fue la misma semana en que ocurrió el crimen, no el día exacto de su comisión". "Tampoco entendemos que en su declaración policial, incluso aun suponiéndola una fabulación, negara haber utilizado el vehículo del alcalde en alguna ocasión anterior".

LOS RESIDUOS DEL DISPARO Relevante, pero no decisivo

"El descubrimiento de residuos específicos de disparo -plomo, antimonio y bario conjuntamente- en el dorso de la mano izquierda del acusado constituye también un indicio relevante de criminalidad", según los magistrados porque "sólo pueden estar relacionados con una detonación". Sin embargo, admiten que "no es decisivo", a diferencia de la confesión y el ADN, "porque habían transcurrido dos días desde la muerte del alcalde cuando la policía científica" recogió las muestras de las manos y la frente de Mainar. "Partiendo de que una higiene normal elimina los residuos de disparo, según aclararon los peritos, queda una mínima posibilidad, como indicaron los mismos expertos, de que la contaminación se hubiera producido por otro motivo distinto del disparo".

Mainar mantuvo en el juicio que las partículas de plomo, antimonio y bario que encontraron en sus manos pudieron llegar allí al dar la mano a cazadores o al recoger cartuchos usados en el monte para tirarlos a la basura mientras ejercía su trabajo de guarda forestal.

Santiago Mainar, asesino del alcalde de Fago, al comienzo del juicio el 16 de noviembre.
Santiago Mainar, asesino del alcalde de Fago, al comienzo del juicio el 16 de noviembre.CRISTÓBAL MANUEL

"Sólo significaría que no actuó solo"

- El testimonio clave. Iñaki Bidegain, el médico de San Sebastián que detuvo su coche junto al del alcalde en el lugar del crimen instantes después de que fuera asesinado, mantuvo en el juicio y durante la instrucción que estaba "casi convencido" de que la persona que vio allí y que le ordenó seguir adelante hacia Fago no era Santiago Mainar y dio una descripción que no se correspondía con los rasgos físicos del condenado.

- Valoración del tribunal. Los magistrados restan valor a esa versión al poner en duda que Bidegain -quien también estaba enemistado con el alcalde- pudiera reconocer a alguien debido a "la poca visibilidad" que había en la carretera y al hecho de que pudo haberse deslumbrado con la linterna que la persona que estaba allí llevaba en la frente. "Además, aunque admitiéramos hipotéticamente que el acusado no habló con Bidegain poco después de que el crimen fuera cometido, lo cierto es que no podríamos prescindir de las pruebas que inculpan al acusado y, en esta situación, la única explicación plausible sería que Santiago Mainar no actuó sólo", asegura el tribunal en su sentencia condenatoria.

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