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Confirmada la inhabilitación al ex alcalde de Burgos por el 'caso de la construcción'

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 12 años de inhabilitación especial por delito de prevaricación continuada al ex alcalde de Burgos José María Peña San Martín, por la concesión irregular de licencias municipales en el llamado caso de la construcción, y la de siete años de prisión para el constructor Antonio Méndez Pozo por falsedad en documento y tres meses de arresto por desacato. La sentencia del Supremo, de 300 folios de extensión, destaca que en pocos procesos los acusados han podido verse "rodeados de más garantías que en este caso".La sentencia del Supremo modifica ligeramente la dictada por la Audiencia de Burgos al reducir de 12 a ocho años el tiempo de inhabilitación especial para el constructor Méndez Pozo, y reducir a tres años de suspensión para cargo público la pena impuesta al ex secretario del ayuntamiento de Burgos Esteban Corral, por complicidad en el delito de prevaricación.

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La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala Segunda, Enrique Ruiz Vadillo, destaca que Méndez Pozo, consiguió que el ex alcalde de Burgos, los concejales y demás procesados tomasen decisiones injustas a su favor. Añaden que resulta "incuestionable" que el constructor desplegó una constante actividad tendente a que "las personas que podían decidir sobre sus intereses lo hicieran a su favor". "Tampoco ofrece duda que al hacer sus propuestas conocía su absoluta ilegalidad", añade la sentencia sobre Méndez Pozo.

Respecto al uso de información privilegiada, la sentencia señala que se dio a concocer al constructor Méndez Pozo la marcha de un plan urbanístico con el fin de beneficiarle en contra de otros. "La información no era todavía publicable y se hizo llegar selectivamente y de manera injusta a una persona, infringiéndose así el artículo 14. de la Constitución".

El abogado de la acusación particular que consiguió la condena del ex alcalde Peña San Martín y del constructor Méndez Pozo, Gonzalo Martínez Fresneda, destacó entre los principales extremos técnicos de la sentencia que el Supremo considere admisible que una persona que no es funcionario pueda incurrir en un delito de prevaricación como autor por inducción o cooperador necesario, y que Méndez Pozo lo sea por los dos conceptos.

Los equipos jurídicos de los condenados estudian la posibilidad de presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

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El constructor Antonio Méndez Pozo, el único condenado a penas de privación de libertad, no ha querido hacer ningún comentario de momento porque, según dijo, no tiene "muy claros sus contenidos ni sus consecuencias". El letrado de la acusación, Emilio Martínez, afirmó que el ingreso en prisión de este empresario debería producirse en breve.

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