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Sanidad indemniza con más de 30.000 euros a una paciente por diagnosticarle tarde un cáncer

Tampoco se le pidió consentimiento para someterla a radioterapia y para extirparle una mama

La sanidad madrileña deberá indemnizar con más de 30.050,61 euros a Consuelo Robres Escribano, de 48 años, que sufrió un retraso y un error de diagnóstico de un cáncer de mama en el hospital Gregorio Marañón, así como por no pedir su consentimiento para someterla a un tratamiento de radioterapia y para la extirpación de su mama izquierda. La sentencia no reconoce, no obstante, que se produjera mala praxis.

La abogada Carmen Fernández-Bravo, adscrita a los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente, que se encargó de la defensa de la afectada, ha informado hoy de que la sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, hace especial hincapié en la falta de consentimiento informado, si bien no califica de la mala praxis los errores en los que los servicios hospitalarios incurrieron a lo largo de todo el tratamiento de la paciente.

De acuerdo con el relato de la Asociación, Consuelo Robres fue intervenida en noviembre de 1990 de una tumorectomía de la mama izquierda, tras la cual comenzó un tratamiento de radiaciones. Sin embargo, después de cuatro sesiones se observó un aumento de tamaño del pecho, que el hospital trató con un procedimiento de radiación más intenso, del que no se informó a la paciente, en vez de practicar una mastectomía radical con la cual se habrían eliminado los signos "no concluyentes pero sospechosos" de cáncer.

La tardanza le costó la dos mamas

En noviembre de 2000, una mamografía de control detectó un nuevo foco cancerígeno en la misma mama, y en enero del siguiente año se confirmó un carcinoma mamario infiltrante que requirió una mastectomía simple, la cual se realizó en el mes de abril en el Marañón. La cicatriz quirúrgica evolucionó en una infección de la cual la paciente tuvo que ser operada en junio de 2001. Ese mes de diciembre, una nueva mamografía detectó otro nódulo, esta vez en la mama derecha. La paciente decidió entonces acudir al hospital Ramón y Cajal, donde se le informó de la necesidad de practicar una mastectomía radical de la mama derecha, a la que siguió la radioterapia en marzo de 2002.

La tardanza por parte del hospital Gregorio Marañón en la detección y diagnóstico del cáncer provocó a Consuelo Robres la extirpación de las dos mamas, los efectos derivados de una mastectomía como es la inflamación de los brazos, la extirpación de un hueso del esternón y el daño psicológico por los retrasos y por la falta de consentimiento en la aplicación de radioterapia.

La Asociación el Defensor del paciente destaca en un comunicado que "este caso es sangrante procesalmente hablando porque frente a nuestra pericial de especialista en ginecología no se ha presentado informe contradictorio alguno, y la Sala, con absoluta indefensión para la afectada opone el informe médico de inspección elevándolo a la categoría de pericial, sin contradicción alguna en el proceso".

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