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Sortu insiste en su "sinceridad" sobre el rechazo a la violencia de ETA

Aseguran que en caso de actividad terrorista, la condenarían "sin duda alguna"

El incidente de nulidad de actuaciones presentado ayer por los abogados de Sortu, Iñigo Iruin y Adolfo Araiz, afirma que el auto del Tribunal Supremo que denegó la inscripción de la formación abertzale presenta "claras y serias omisiones" que tenían que haberse examinado al estar en juego el ejercicio del derecho fundamental a la creación de un partido político. El recurso asegura que el debate interno y la disensión en el seno de la izquierda abertzale "proporcionan un importante indicio sobre la veracidad y sinceridad del rechazo de la violencia de ETA, que se plasma en los estatutos del nuevo partido".

La presentación, ayer, del incidente de nulidad, da por liquidada la vía del recurso de amparo para que el Tribunal Constitucional pueda pronunciarse antes del próximo día 18, fecha de la presentación de candidaturas. No obstante, Sortu pide al Supremo que deje en suspenso el auto que les denegó la inscripción para que puedan presentarse a las elecciones municipales del 22 de mayo. Si es desestimada esta petición, Sortu podrá acudir en amparo al Constitucional, aunque la sentencia tardará meses.

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La presentación de un incidente de nulidad de actuaciones ante la misma Sala del 61 que denegó la inscripción está previsiblemente abocado al fracaso, pero puede obtener réditos a medio plazo en el Constitucional si cosecha un número significativo de adhesiones, como las del auto del pasado 30 de marzo, que arrojó una votación de 9 a 7.

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La representación de Sortu critica seriamente en su escrito el auto del Supremo, para el que, dice, "es suficiente con identificar a Sortu con la izquierda abertzale, y asimilar esta con Batasuna y ETA". Añade que la prueba practicada no ha logrado desmentir que Sortu constituye un intento de una parte del mundo abertzale de que en el País Vasco sean defendidas "determinadas aspiraciones políticas independentistas por vías estrictamente políticas, abandonando la violencia y toda connivencia con ella".

El rechazo a la violencia en los estatutos de Sortu se hace "sin ambigüedad ni ambages", además de definirse a ETA como "sujeto activo de conductas que vulneran derechos y libertades fundamentales de las personas". "Es decir, no hay figuras retóricas en tal declaración", agregan los abogados.

Según Sortu, la intensidad del rechazo "a toda violencia" respecto de ETA "es contrapeso suficiente y ha de bastar para desvanecer cualquier presunción de connivencia" con ETA o con organizaciones ilegalizadas. Por tanto, sus estatutos "están protegidos por una presunción de constitucionalidad que debe conducir a su legalización".

"Tras el alto el fuego decretado por ETA en su comunicado de 10 de enero de 2011, afortunadamente no hay actividad terrorista que requiera de un rechazo concreto que en caso de producirse, se daría por parte de Sortu sin duda alguna", insisten los defensores.

Critican después que el Supremo haya adoptado una decisión "indebidamente restrictiva" del derecho fundamental a la creación de un partido político, y que la ilegalización se haya decidido mediante "citas parciales de documentos", "omisión de las graves discrepancias entre la izquierda abertzale y ETA" y "desnaturalización del debate de la izquierda abertzale en relación a la estrategia político-militar", entre otros aspectos.

La defensa pide al Supremo que decrete la nulidad del auto y ordene al Ministerio del Interior que proceda a la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos.

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