El Supremo anula una condena a Otegi por falta de imparcialidad
La presidenta "expresó un prejuicio" contra el acusado
La Sala Segunda del Tribunal Supremo anuló ayer la sentencia por la que la Audiencia Nacional condenó al ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi a dos años de prisión por delito de enaltecimiento del terrorismo, presuntamente cometido durante un homenaje al etarra José María Sagarduy, Gatza, el preso de la banda que más tiempo lleva en prisión. No es la primera vez que el Supremo anula o revoca una sentencia contra Otegi, lo llamativo de este caso es la razón por la que ha sido anulada: las dudas sobre la falta de imparcialidad objetiva de la presidenta del Tribunal, Ángela Murillo.
Durante el juicio, celebrado hace un año, Otegi se negó a responder al fiscal y a las acusaciones y solo contestó a las preguntas de su defensa. Terminado el interrogatorio, la presidenta, que además era la ponente de la causa, preguntó al acusado si condenaba la violencia de ETA. Otegi se negó a responder a la pregunta y Murillo le espetó: "Ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta". A lo que Otegi replicó: "Y yo que iba a hacerla".
El Supremo ordena ahora que el juicio se repita con otro tribunal ante las dudas suscitadas sobre la falta de imparcialidad objetiva de la presidenta. El alto tribunal destaca que "no es irrazonable pensar que con tal actitud se expresaba de alguna forma la opinión, ya formada, respecto al valor de las explicaciones dadas por el acusado relativas al significado de sus palabras".
El acusado, según la sentencia, "tenía razones objetivas para pensar que la magistrada estaba exteriorizando precipitadamente un juicio sobre el carácter delictivo de las mismas que venía a coincidir con el que sostenían las acusaciones".
Para el tribunal, las dudas de Otegi sobre que la presidenta exteriorizaba un "perjuicio acerca de la culpabilidad" y su falta de imparcialidad "deben considerarse objetivamente justificadas". Ahora habrá que señalar de nuevo el juicio con otro tribunal.

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